Micelio
Sentencia de Tutela4 de mayo de 2005

T-457 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Jenny Cristina Roa Herrera Vs. Universidad Externado De Colombia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Institucion De Educacion Superior
  • Requisitos para la imposición de sanciones
Autonomía Universitaria
  • Finalidad
  • No es absoluta
Derecho A La Educación
  • Cancelación de matrícula universitaria por fraude
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la igualdad al buen nombre la honra la libertad de aprendizaje al debido proceso la presunción de inocencia y a la educación de estudiante del programa de finanzas gobierno y relaciones internacionales de la universidad a quien le fue cancelada la matricula por supuesto fraude.

Solicita se deje sin efectos las resoluciones rectorales que le cancelan la matricula y confirman tal decision.

El derecho a la educacion y el principio de autonomia universitaria.

Debido proceso y ejercicio del derecho de defensa en el tramite de procesos disciplinarios en las universidades.

Actuaciones minimas que garantizan el debido proceso en los procedimientos sancionadores aplicados por las instituciones educativas.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. REVOCAR la sentencia de noviembre 8 de 2004 proferida por el Juzgado
  2. Noveno. Penal del Circuito de Bogotá, en el trámite de la acción de tutela instaurada por Jenny Cristina Roa Herrera contra la Universidad Externado de Colombia. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia de octubre 5 de 2004 proferida por el Juzgado Treinta y Tres Penal Municipal de Bogotá.
  3. Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.