Micelio
Sentencia de Tutela24 de junio de 2022

T-224 de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Cuellar Zuñiga Jhon Alexander·Demandado Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección Social Ugpp

Tema · dato duro
Acción De Tutela Para El Pago Efectivo De Una Prestación Pensional. Improcedencia Por Incumplimiento Del Presupuesto De Subsidiariedad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para El Pago Efectivo De Una Prestacion Pensional
  • Improcedencia por incumplimiento del requisito de subsidiariedad
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

En este caso se analizó una acción de tutela mediante la cual el accionante pretendía que la UGPP diera cumplimiento a una orden judicial que, en el año 2009, reconoció en favor su progenitora una pensión de sobrevivientes.

Tras analizar el asunto, la Corte estableció que el mecanismo constitucional incumplió el requisito de subsidiariedad, pues no se acreditaron circunstancias especiales o de vulnerabilidad que dieran lugar a que dicha acción desplazara el agotamiento de los mecanismos judiciales ordinarios con los que contaba el actor.

Con base en lo anterior, se declara IMPROCEDENTE el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de segunda instancia, proferida el 16 de noviembre de 2021 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera - Subsección A. En su lugar y por las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia, CONFIRMAR la sentencia de primera instancia, proferida el 14 de septiembre de 2021 por el Juzgado 48 Administrativo del Circuito de Bogotá - Sección Segunda, en la que se declaró la improcedencia de la acción de tutela promovida por Jhon Alexander Cuéllar Zúñiga.
  2. SEGUNDO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.