Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de enero de 2001Sala Plena

C-095 de 2001

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Edgar Marino Movilla Martinez

Tema · dato duro
Incidente De Levantamiento De Embargo Y Secuestro. Caución Para Pago De Costas Y Multa
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Garantías de legalidad
  • Alcance
  • Formas propias de cada juicio
  • Imposición de cargas
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Recurso supeditado a factor económico
  • Obstrucción por factor económico
Proceso
  • Obligaciones y cargas
Tercero Poseedor
  • Carga procesal de prestar caución
Amparo De Pobreza
  • Alegación ante carencia de recursos para caución
Incidente De Levantamiento De Embargo Y Secuestro
  • Caución para pago de costas y multa
Incidente
  • Garantía
Libertad De Configuracion Legislativa
  • Formas propias de cada juicio
9 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo de procedimiento civil.

Art. 687 num. 8 inc. 2 (p.).

Modificado por el art. 1 num. 344 del decreto 2282 de 1989.

Caucion para tramitar incidente en favor de tercero poseedor.

Levantamiento del embargo y secuestro de bienes.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2282/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaDecreto 2282/89EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE el aparte demandado, a cuyo tenor "para que el incidente pueda iniciarse es indispensable que el peticionario preste caución que garantice el pago de las costas y la multa que lleguen a causarse", contenido en el inciso
  2. segundo. del numeral 8 del artículo 344 del Decreto 2282 de 1989, "por el cual se introducen algunas modificaciones al Código de Procedimiento Civil".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.