Micelio
Sentencia de Tutela25 de enero de 2018

T-003 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Evelin Maria Cotes Sierra·Demandado Alcaldia De Riohacha

Tema · dato duro
Accion De Tutela En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Madre Cabeza De Familia. Improcedencia,
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela En Materia De Estabilidad Laboral Reforzada De Madre Cabeza De Familia
  • Improcedencia por cuanto accionante fue desvinculada en cumplimiento de una sentencia judicial
Cumplimiento De Sentencias Judiciales
  • Entidades públicas deben cumplir las sentencias que no impliquen el pago de cantidades líquidas de dinero dentro de los 30 días siguientes desde su comunicación conforme Código Administrativo y de lo Contencioso Admin
  • Garantiza el acceso a la administración de justicia
  • Es un imperativo del Estado Social de Derecho
  • Hace efectivos los principios constitucionales de buena fe y confianza legítima
  • Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Incumplimiento De Decision Judicial
  • No acatamiento por parte de funcionarios públicos puede acarrear sanciones en materia disciplinaria y/o penal
Proteccion De Madres Cabeza De Familia
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Las acciones afirmativas a favor de las madres cabeza de familia se fundan en mandatos constitucionales
  • Marco jurídico
Principio Constitucional Del Merito
  • Criterio rector del acceso a la función pública
Acto Administrativo De Ejecucion
  • Procedencia de la acción de tutela
Madre Cabeza De Familia
  • Presupuestos jurisprudenciales para que una mujer sea considerada como tal
Padre Cabeza De Familia
  • Presupuestos jurisprudenciales para que un hombre sea considerado como tal
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Persona natural que actúa a través de apoderado en defensa de sus propios intereses
11 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales por parte de la entidad territorial demandada se atribuye al hecho de retirar del servicio público a la accionante, a pesar de ser una persona madre cabeza de familia, bajo el argumento de estar cumpliendo una sentencia judicial que declaró nulo el acto a través del cual se hizo el nombramiento.

Se estudia la siguiente temática: 1º.

El cumplimiento de sentencias judiciales en el Estado Social de Derecho. 2º.

La obligación de motivar los actos administrativos que declaran la insubsistencia de un funcionario de carrera y, 3º.

La protección constitucional de las madres cabeza de familia.

Se confirma la decisión de instancia que NEGÓ el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 12 de mayo de 2017, proferida en segunda instancia por el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Riohacha (La Guajira), que amparó los derechos fundamentales de la señora Evelin María Cotes Sierra. En su lugar, CONFIRMAR por las razones expuestas en esta providencia la sentencia emitida el 29 de marzo de 2017 por el Juzgado
  3. Primero. Penal Municipal de Riohacha (La Guajira), mediante la cual se negó el amparo de los derechos fundamentales de la accionante.
  4. SEGUNDO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.