C-800 de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Hugo Palacios Mejia Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incompetencia de la Corte Constitucional
- Improcedencia por existencia de cargos relacionados con la eventual configuración de omisión legislativa relativa y vulneración del principio de igualdad
- Improcedencia porque demanda sí cumplía con las condiciones exigidas para realizar juicio de inconstitucionalidad por omisión legislativa relativa
- Inexistencia de omisión legislativa relativa
- Regímenes jurídicos diferentes sobre los cuales no es posible formular cargo de violación del principio de igualdad
- No inclusión de causal de anulación por violación de leyes y disposiciones de orden público
- Concepto
- Improcedencia
- Necesidad de justificación objetiva y razonable
- Elección del medio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 2279 de 1989 articulo 38; Ley 80 de 1993 articulo 72 y codigo de procedimiento civil articulo 509.
Sistema de solucion de conflictos entre particulares; Estatuto general de contratación de la administración publica y codigo de procedimiento civil.
Causales de anulación del laudo arbitral.
Recurso de anulación contra laudo arbitral y excepciones que pueden proponerse en el proceso ejecutivo.
Cuando se presenta la omisión legislativa.
Procedimientos legales para los laudos nacionales y los no nacionales.
Razonabilidad y proporcionalidad como guia para proteger el principio de igualdad.
La demanda no reunio los demas requisitos señalados por la jurisprudencia para que se pudiera decidir de fondo sobre la existencia o no de la omision legislativa relativa.
Si no hay la omisión legislativa en mencion la corte no puede acceder a la solicitud de que se profiera una sentencia integradora pretendida en la demandad.
Inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE :
- Inhibirse de emitir un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo 38 del Decreto 2279 de 1989 "Por el cual se implementan sistemas de solución de conflictos entre particulares y se dictan otras disposiciones"; del artículo 72 de la Ley 80 de 1993 "Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública"; y del artículo 509 del Código de Procedimiento Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.