C-157 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jaime Guzmán Rodriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Revisión de reconocimiento de sumas periódicas a cargo del tesoro o de fondos públicos
- Cargo dirigido en contra de norma diferente a la vigente luego del control constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 797 de 2003.
Art. 20.
Ley 100 de 1993.
Reforma sistema general de pensiones.
Regimenes pensionales exceptuados y especiales.
Revisión reconocimiento sumas periódicas a cargo del tesoro publico o fondos publicos.
En cualquier tiempo.
Cosa juzgada constitucional
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 797/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-835 de 2003, en relacion con la inexequibilidad de la expresion "en cualquier tiempo", contenida en el
- primero. y
- tercero. incisos del articulo 20 de la Ley 797 de 2003.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-835 de 2003, en relacion con los cargos contra el articulo 20 de la Ley 797 de 2003, por la supuesta vulneracion de los articulos 29 y 83 superiores.
- Tercero. INHIBIRSE de efectuar pronunciamiento de fondo por ineptitud sustancial de la demanda en relacion con el cargo planteado contra el articulo 20 de la ley 797 de 2003 por la supuesta vulneracion de los articulos 1 y 53 superiores.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.