C-351 de 1994
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Jose A. Pedraza Picon Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fundamento
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. Estese a lo resuelto en la sentencia 74 de 1991 por la cual la Corte Suprema de Justicia declaro exequibles, en lo demandado, los articulos 131, 132 y 133 del Decreto Ley 01 de 1984 (Codigo Contencioso Administrativo), como fueron subrogados por el articulo 2o. del Decreto 597 de 1988, en cuanto su expedicion se ajusto a la Ley de facultades No. 30 de 1987.
- Segundo. Estese a lo resuelto en sentencia C-108 de marzo 10 de 1994 que declaro exequible, en lo demandado, el inciso
- tercero. del articulo 136 del Decreto Ley 01 de l984, como fue subrogado por el articulo 23 del Decreto Extraordinario 2304 de 1989 (Codigo Contencioso Administrativo).
- Tercero. DECLARANSE EXEQUIBLES, en lo demandado, los articulos 131, 132 y 133 del Decreto 01 de 1984, como fueron subrogados por el articulo 2o. del Decreto 597 de 1988 y el inciso
- segundo. del articulo 136 del Decreto 01 de 1984, como fue subrogado por el articulo 23 del Decreto 2304 de 1989.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.