Micelio
Sentencia de Tutela18 de octubre de 2016

T-565 de 2016

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Idolfo Romero Santiago·Demandado Sala Civil Familia Del Tribunal Superior De Cartagena

Tema · dato duro
Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. Improcedencia Por No Configurarse Defectos Sustantivo, Procedimental Y Organico En Proceso De Pertenencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por no configurarse defectos sustantivo, procedimental y orgánico en proceso extraordinario de revisión en asunto de pertenencia
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Derecho De Acceso A La Administracion De Justicia Y Debido Proceso Sin Dilaciones Injustificadas
  • No vulneración cuando la mora judicial no es imputable a la negligencia del funcionario judicial, sino que encuentra justificación en la falta de capacidad
Terminos Procesales
  • Finalidad
  • Como elementos necesarios para garantizar la seguridad jurídica, el debido proceso y la igualdad, y la razonabilidad en su aplicación
  • Importancia
Decreto Oficioso De Pruebas En Proceso Extraordinario De Revision
  • Juez tiene la facultad-deber de decretar las pruebas de oficio que considere necesarias para llegar a la verdad
Decreto Oficioso De Pruebas O Distribucion De Carga Probatoria
  • Dejan de ser potestad del juez y se erigen como deber funcional
Facultades Y Poderes Del Juez
  • Deber de practicar pruebas de oficio en los procesos que se surten ante la jurisdicción ordinaria y de lo contencioso administrativo
Recurso Extraordinario De Revision
  • Causales por las que se puede invocar
  • Término para su interposición
Debido Proceso Y Acceso A La Administracion De Justicia
  • Vulneración por dilación injustificada e inobservancia de los términos judiciales
Cosa Juzgada
  • Definición
10 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se atacan decisiones judiciales proferidas por el Tribunal accionado en el trámite del recurso extraordinario de revisión formulado por el Banco Popular S.A. y otros, en contra de la sentencia dictada dentro del proceso de pertenencia adelantado por los actores.

Se alega la ocurrencia de los defectos fáctico, sustantivo, orgánico y procedimental.

Se abordan los siguientes temas: 1º Requisitos específicos de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales. 2º.

El recurso extraordinario de revisión, sus generalidades y su tratamiento en la jurisprudencia constitucional. 3º.

Los términos procesales como elementos necesarios para garantizar la seguridad jurídica, el debido proceso, la igualdad y la razonabilidad en su aplicación. 4º.

El papel del juez en el Estado Social y Democrático de Derecho y la facultad-deber de decretar pruebas de oficio.

Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR los terminos de suspension decretados en este proceso.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR integralmente el fallo de tutela emitido por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el 22 de julio de 2015, que confirmo la sentencia proferida el 4 de junio de 2015 por la Sala de Casacion Civil de esa Corporacion, en el proceso de tutela promovido por Idolfo Romero Santiago, Jose Perez Medina, Augusto Luna Jimenez, Wilmer Caraballo Cervantes, Nelson Jose Ramos Jimenez y Eparquio Santiago Guzman en contra de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
  3. TERCERO. Por Secretaria General librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.