Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de enero de 2002Sala Plena

C-043 de 2002

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Leonardo Rodriguez Arango

Tema · dato duro
Perencion En Proceso Contencioso Administrativo. Improcedencia Cuando Demandantes Son La Nación, Entidad Territorial O Una Entidad Descentralizada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Estado
  • Mantenimiento en su beneficio de prerrogativas indispensables
Juicio De Igualdad
  • Respeto de facultades legislativas
  • Alcance dependiendo de la materia
Perencion En Proceso Contencioso Administrativo
  • Definición
  • Improcedencia cuando demandantes son la Nación, entidad territorial o una descentralizada
  • Interés real que subyace al prohibirla para entidades públicas
  • Presupuestos legales de procedibilidad
  • Efecto
  • Efectos involucran derechos y principios constitucionales
  • Identidad jurídica
  • Naturaleza jurídica
  • Objetivos
Privilegio Publico
  • Armonización con derechos que colisiona
  • Protección del patrimonio público
  • Validez
Principio De Igualdad
  • Componentes
  • Problemas fácticos y valorativos
Test De Igualdad
  • Condiciones para trato diferenciado legítimo
  • Trato normativo diferenciado entre situaciones fácticas y/o jurídicas idénticas
16 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 01 de 1984.

Art. 148 (p.).

Reforma codigo contencioso administrativo.

Perencion del proceso cuando ha permanecido inactivo durante seis meses.

Prerrogativa para entidades publicas.

Prevalencia del interes general.

Igualdad procesal.

Celeridad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 01/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 148Decreto 01/84EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar EXEQUIBLE la expresión "Tampoco en los que sean demandantes la Nación, una entidad territorial o una descentralizada.", contenida en el artículo 148 del C.C.A., por los cargos analizados en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.