Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de noviembre de 2000Sala Plena

C-1549 de 2000

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Ines Jaramillo Murillo

Tema · dato duro
Codigo Sustantivo Del Trabajo. Art. 27. Ley 50 De 1990. Arts. 1 Y 14. Ley 100 De 1993. Art. 18. Remuneracion Del Trabajo. Omision Al No Establecer Automaticamente El Incremento De Salarios Para Trabajadores Del Sector Privado Que Devengan Mas De Un Salario Minimo Legal Mensual. Inhibida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Omision Legislativa Absoluta
  • Ausencia de regulación sobre reajuste salarial
  • Incompetencia de la Corte Constitucional
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 27Decreto 2663/50INHIBITORIO
Art. 1Ley 50/90INHIBITORIO
Art. 14Ley 50/90INHIBITORIO
Art. 18Ley 100/93INHIBITORIO
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declararse INHIBIDA para decidir de mérito en el proceso de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.