Micelio
Sentencia de Constitucionalidad31 de agosto de 2011Sala Plena

C-643 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Pedro Pablo Camargo·Demandado Ley 1394 De 2010

Tema · dato duro
Regulacion De Arancel Judicial. No Es Materia Sometida A Reserva De Ley Estatutaria, En La Medida Que Su Contenido No Se Refiere A La Estructura Orgánica Esencial De La Administración De Justicia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Arancel Judicial
  • Debe corresponder a montos que tomen en cuenta la naturaleza de los procesos, las cuantías de los mismos y en general todos aquellos factores que permitan demostrar la razonabilidad del cobro
  • No resulta per se incompatible con la Constitución
  • Se trata de un verdadero gravamen que debe soportar la persona que pretenda ejercer un derecho fundamental
  • Creación es valido desde el punto de vista sustancial
Derechos Fundamentales
  • No todo posible vínculo entre la norma de una ley y uno cualquiera de los derechos fundamentales de orden constitucional repercute en la indispensable calificación de aquella como estatutaria
Desarrollo Legislativo De La Administracion De Justicia A Traves De Una Ley Estatutaria
  • No implica que absolutamente todas las situaciones puntuales relacionadas con esa materia deban desarrollarse siguiendo ese procedimiento calificado
Ley Estatutaria
  • Criterio para determinar su carácter
  • Cuándo se requiere
  • Contenido
Administracion De Justicia
  • Interpretación restrictiva como objeto de regulación a través de ley estatutaria
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
Justicia
  • Debe ser gratuita, salvo asuntos muy puntuales
Libertad De Configuracion Legislativa En Materia Tributaria
  • No se requiere una justificación especial para el ejercicio de la facultad impositiva, sino la existencia de una justificación aceptable desde el punto de vista constitucional
Regulacion De Arancel Judicial
  • No es materia sometida a reserva de ley estatutaria, en la medida que su contenido no se refiere a la estructura orgánica esencial de la administración de justicia
9 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de Inconstitucionalidad.

Contra la Ley 1394 de 2010.

Por la cual se regula un arancel judicial.

El actor sustenta la demanda en cuatro cargos, a saber: 1º.

Vicio de procedimiento en la formación de la ley. 2º.

Violación al principio de igualdad y a los derechos al debido proceso y acceso a la administración de justicia, en cuanto establece un trato discriminatorio entre los procesos tramitados ante la jurisdicción ordinaria, en razón a su cuantía. 3º.

Reversa de la ley estatutaria, pero únicamente a propósito del artículo cuarto y, 4º.

Desconocimiento del principio de separación de poderes, en relación con el artículo 12 (parcial).

La Corte encontró que la regulación del arancel judicial no requería del trámite de una ley estatutaria, por cuanto no se refiere a la estructura básica de la administración de justicia ni a principios o aspectos esenciales de la misma.

Se declara INHIBIDA para hacer un pronunciamiento de fondo sobre los cargos formulados contra los artículos 3 y 12 (parciales) y declarar EXEQUIBLE la ley 1394 de 2010, con relación al cargo analizado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1394/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 12Ley 1394/10 «parcial»INHIBITORIO
Art. 3Ley 1394/10 «parcial»INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. INHIBIRSE de hacer un pronunciamiento de fondo sobre los cargos formulados contra los articulos 3 (parcial) y 12 (parcial) de la Ley 1394 de 2010 "por la cual se regula un arancel judicial".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1394 de 2010, "por la cual se regula un arancel judicial" con relacion al cargo analizado en la presente sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.