Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de junio de 2010Sala Plena

C-529 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Andres Chinchilla Rozo·Demandado Ley 797 De 2003 Articulo 4

Tema · dato duro
Cesacion De La Obligacion De Cotizar Al Sistema Pensional Y La Posibilidad De Efectuar Aportes Voluntarios. No Vulnera El Principio Constitucional De Solidaridad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 797 de 2003, “Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales exceptuados y especiales” artículo 4, regula la obligatoriedad de las cotizaciones, el aparte acusado es el siguiente “La obligación de cotizar cesa al momento en que el afiliado reúna los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, o cuando el afiliado se pensione por invalidez o anticipadamente”, el demandante considera vulnerado el principio de solidaridad, ya que la norma debió optar por mantener la cotización a pensiones siempre que exista una relación de trabajo remunerada, además considera vulnerado el principio de estabilidad de empleo.

La Corte, determinó que existe ineptitud del cargo sobre vulneración del principio de estabilidad de empleo, por lo tanto se pasa a estudiar el cargo por posible vulneración del principio de solidaridad, se pronuncia sobre el principio de solidaridad como fundamento del Estado Social de Derecho Colombiano, el alcance de la disposición demandada, los requisitos para acceder a la pensión mínima de vejez, los requisitos para que cese la obligación de cotizar al sistema general de pensiones, se concluye que la norma constituye un ejercicio cabal de la facultad que la Constitución le otorga al legislador para configurar los elementos específicos del principio solidario en el sistema de seguridad social, se decide declarar EXEQUIBLE la norma acusada por el cargo analizado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 797/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 4Ley 797/03 «inciso 2 y 3»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, los incisos 2o y 3o del articulo 4o de la Ley 797 de 2003.
  2. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.