C-508 de 2002
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Eduardo Montoya Medina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Principios son normas de contenido específico
- Aplicación de principios generales a casos en que es procedente
- Aplicación estricta de principios
- Competencia en regulación
- Definición e identificación de casos por la ley
- Significado
- Definición legislativa de aspectos básicos y generales
- Falta de especiales reglas a tener en cuenta por la administración
- Término para expedición de reglamento
- Aplicación estricta de principios
- Alcance en regulación de materia específica
- Carga mínima especial de intensidad normativa
- Excepción a regla general
- Excepción en busca de una mayor agilidad
- Regla general
- Selección del contratista
- Sujeción a principios
- Preexistencia de un contenido material legislativo
- Existencia permanente y como atribución constitucional
- Extensión del campo para ejercicio lo determina el Congreso
- Carga mínima especial de intensidad normativa por reserva de ley
- Término considerado como impulsor
- Escogencia de contratista a través de concurso público
- Procedimientos para escogencia del contratista
- Sujeción a principios
- Definición de dominio por la Constitución
- Escogencia de rumbo básico que delimita los contornos y el sentido de una institución
- Ejercicio de potestad de configuración
- Caducidad de la acción
- Alcance
- Expedición no vulnera la Constitución
- Término de caducidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 80 de 1993.
Art. 24 parag. 2.
Estatuto general de contratacion de la administracion publica.
Principio de transparencia.
Expedicion reglamento de contratacion directa.
Seis meses.
Accion publica de inconstitucionalidad.
Caducidad por vicios de forma.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarase INHIBIDA para proferir fallo de fondo en relacion con los vicios de forma que aduce el actor en cuanto a la expedicion de la Ley 80 de 1993 (art. 24), por haber operado el fenomeno juridico de la caducidad de la accion.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo 2deg del articulo 24 de la Ley 80 de 1993, bajo el entendido que el plazo de seis meses fijado al Gobierno Nacional para la expedicion del reglamento de contratacion directa, no limita el ejercicio de la facultad reglamentaria del Presidente de la Republica, como ha quedado expuesto en los fundamentos de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.