Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de julio de 2002Sala Plena

C-508 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luis Eduardo Montoya Medina

Tema · dato duro
Potestad Reglamentaria En Contratacion Directa. Sujeción A Principios
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contratacion Administrativa
  • Principios son normas de contenido específico
Contratacion Directa
  • Aplicación de principios generales a casos en que es procedente
  • Aplicación estricta de principios
  • Competencia en regulación
  • Definición e identificación de casos por la ley
  • Significado
  • Definición legislativa de aspectos básicos y generales
  • Falta de especiales reglas a tener en cuenta por la administración
  • Término para expedición de reglamento
Contratacion Por Licitacion Publica
  • Aplicación estricta de principios
Legislador
  • Alcance en regulación de materia específica
  • Carga mínima especial de intensidad normativa
Licitacion Publica
  • Excepción a regla general
  • Excepción en busca de una mayor agilidad
  • Regla general
  • Selección del contratista
Potestad Reglamentaria En Contratacion Directa
  • Sujeción a principios
  • Preexistencia de un contenido material legislativo
Potestad Reglamentaria
  • Existencia permanente y como atribución constitucional
  • Extensión del campo para ejercicio lo determina el Congreso
  • Carga mínima especial de intensidad normativa por reserva de ley
  • Término considerado como impulsor
Principio De Transparencia En Contratacion De La Administracion Publica
  • Escogencia de contratista a través de concurso público
Principio De Transparencia En Licitacion Publica
  • Procedimientos para escogencia del contratista
Ley Y Reglamento
  • Definición de dominio por la Constitución
Ley
  • Escogencia de rumbo básico que delimita los contornos y el sentido de una institución
  • Ejercicio de potestad de configuración
Reglamento De Contratacion Directa
  • Expedición no vulnera la Constitución
18 temas · 33 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 80 de 1993.

Art. 24 parag. 2.

Estatuto general de contratacion de la administracion publica.

Principio de transparencia.

Expedicion reglamento de contratacion directa.

Seis meses.

Accion publica de inconstitucionalidad.

Caducidad por vicios de forma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 24Ley 80/93 «Para proferir fallo de fondo en relación con los vicios de forma. Por haber operado el fenómeno jurídico de la caducidad de la acción.»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarase INHIBIDA para proferir fallo de fondo en relacion con los vicios de forma que aduce el actor en cuanto a la expedicion de la Ley 80 de 1993 (art. 24), por haber operado el fenomeno juridico de la caducidad de la accion.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo 2deg del articulo 24 de la Ley 80 de 1993, bajo el entendido que el plazo de seis meses fijado al Gobierno Nacional para la expedicion del reglamento de contratacion directa, no limita el ejercicio de la facultad reglamentaria del Presidente de la Republica, como ha quedado expuesto en los fundamentos de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlvaro Tafur Galvis
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.