Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de septiembre de 2001Sala Plena

C-949 de 2001

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Humberto Longas Londoño

Tema · dato duro
Contrato De Exploracion Y Explotacion De Recursos Naturales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acceso En Igualdad De Oportunidades Al Espectro Electromagnetico
  • Extensión desproporcionada término de duración de contrato
Contratacion Administrativa
  • Asimilación a servidores públicos
  • Caducidad
  • Calidad de servidores públicos de miembros de corporaciones públicas
  • Capacidad contractual de entidades sin personería jurídica
  • Determinación legislativa de sujetos
  • Extremos de la relación
  • Responsabilidad de quienes tienen la calidad de servidores públicos
  • Terminación del objeto por renuncia del contratista a continuidad de ejecución por modificación unilateral
  • Asociaciones y fundaciones de participación mixta
  • Calidad de servidores públicos de representantes de asociaciones y fundaciones de participación mixta
  • Capacidad
  • Carácter de servidores públicos de particulares representantes de asociaciones y fundaciones de participación mixta
  • Entidades estatales situadas en uno de los extremos de la relación
  • Modificación unilateral
  • Modificación unilateral que altera el valor
  • Urgencia manifiesta
Contratacion De Servicio De Television
  • Preservación de especialidad
Contrato De Concesión De Obra Pública
  • Autorización de presentación de ofertas
  • Incidencia social
Contrato De Radiodifusion
  • Prórroga automática
Celebracion De Contratos
  • Delegación por jefes o representantes de entidades
  • Delegación de facultad
Estatuto General De Contratacion De La Administracion Publica
  • Libertad de configuración del legislador
  • No especial rango legal
  • No regulación integral y casuística
  • Premisas fundamentales
  • Competencia para expedición
  • No incorporación en un solo cuerpo normativo
  • Selección del contratista
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Aplicación práctica de disposición acusada
  • Eventuales efectos negativos por aplicación práctica
  • Falta de argumentación constitucional
Servicio De Telecomunicaciones
  • Régimen
  • Régimen especial para entidades estatales que lo prestan
  • Concepto
Servicios Y Actividades De Telecomunicaciones
  • No exigencia en estatutos de incorporación de cláusulas excepcionales
Registro De Proponentes En Contratacion Administrativa
  • Exclusión de inscripción y clasificación
  • Exoneración no vulnera principios en escogencia del contratista
  • Omisión de escoger contratista sin observar selección objetiva donde no se exige
  • Exigencia y exclusión
  • Origen legal y objeto
Contrato Administrativo
  • Carácter instrumental
  • Celebración sin formalidades plenas
  • Formalidades y formas
Libre Competencia De Oferentes
  • Extensión desproporcionada término de duración de contrato
Licitacion Publica
  • Mecanismo de selección objetiva del contratista
  • Principios medulares
  • Adjudicación en audiencia pública
Organizacion Cooperativa Nacional De Trabajo Asociado
  • Exoneración de garantías en contrato celebrado
Sociedad De La Informacion
  • Revolución tecnológica
Servidor Publico
  • Suscripción de contratos estatales
28 temas · 60 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 80 de 1993.

Arts. 2 varios 6 (p.) 7 11 varios 12 16 inc. 2 (p.) 18 inc. 2 (p.) 19 22 inc. 6 24 varios 25 nums. 10 y 19 inc. 5 32 parag. 2 33 inc. 4 (p.) y parag. 35 parag. 1 (p.) 36 inc. 1 (p.) 37 varios 38 39 parag. 42 43 y 76.

Estatuto general de contratacion

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 80/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 16Ley 80/93 «inciso 2°, en lo relativo a la expresión "y la entidad adoptará d...»EXEQUIBLE
Art. 18Ley 80/93EXEQUIBLE
Art. 2Ley 80/93 «literal a, b»ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 22Ley 80/93 «inciso 6»EXEQUIBLE
Art. 24Ley 80/93 «numeral 1»INHIBITORIO
Art. 25Ley 80/93 «numerales 10 y 19 en su inciso quinto»EXEQUIBLE
Art. 32Ley 80/93 «parágrafo 2»EXEQUIBLE
Art. 33Ley 80/93 «parágrafo»EXEQUIBLE
Art. 35Ley 80/93 «la expresión "directamente" del parágrafo 1°»INHIBITORIO
Art. 36Ley 80/93INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«parágrafo»
Art. 37Ley 80/93 «las expresiones: "pero podrá ser prorrogado antes de su vencimien...»ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 38Ley 80/93EXEQUIBLE
Art. 39Ley 80/93 «parágrafo»EXEQUIBLE
Art. 42Ley 80/93ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 43Ley 80/93EXEQUIBLE
Art. 6Ley 80/93 «inciso 1°, en cuanto a la expresión: "también podrán celebrar con...»EXEQUIBLE
Art. 7Ley 80/93EXEQUIBLE
Art. 76Ley 80/93EXEQUIBLE
18 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (25 puntos)
  1. 1. Declarar EXEQUIBLES las siguientes disposiciones de la Ley 80 de 1993:
  2. * El articulo 2deg, ordinal 2deg, literal a), de la Ley 80 de 1993 , en lo relacionado con la expresion: "Las personas naturales que prestan sus servicios dependientes a los organismos y entidades de que trata este articulo, con excepcion de las asociaciones y fundaciones de participacion" y el literal b) de la misma norma.
  3. * El articulo 6deg inciso 1deg, en cuanto a la expresion: "Tambien podran celebrar contratos con las entidades estatales, los consorcios y uniones temporales" y el articulo 7deg
  4. * El articulo 16 inciso 2deg, en lo relativo a la expresion "y la entidad adoptara de manera inmediata las medidas necesarias para garantizar la terminacion del objeto mismo"; y el articulo 18 en cuanto a la expresion "bien sea" y "o de otro contratista".
  5. * El articulo 22, en su inciso
  6. sexto.
  7. * El articulo 25 numerales 10 y 19 en su inciso
  8. quinto.
  9. * El Paragrafo 2deg del articulo 32
  10. * El Paragrafo del articulo 33
  11. * Las expresiones: "pero podra ser prorrogado antes de su vencimiento por igual termino" del paragrafo 1deg del articulo 37.
  12. * Articulo 38
  13. * El Paragrafo del Articulo 39
  14. * El articulo 42
  15. * El articulo 43
  16. * El articulo 76
  17. 2. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "automaticamente", "dentro del ano siguiente a la prorroga automatica, se procedera a la formalizacion de la concesion" del inciso
  18. primero. del articulo 36 y tambien el paragrafo de esta misma disposicion legal
  19. 3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse respecto de las siguientes disposiciones de la Ley 80 de 1993, por ineptitud sustantiva de la demanda:
  20. * El articulo 24 numeral 1deg
  21. * La expresion "por contratacion directa" del inciso
  22. cuarto. del articulo 33
  23. * La expresion "directamente" del paragrafo 1deg del articulo 35
  24. 4. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencias C-407 de 1994, que declaro EXEQUIBLE el inciso
  25. segundo. del paragrafo 1deg del articulo 37 de la Ley 80 de 1993, y C-772 de 1998 que declaro EXEQUIBLE el paragrafo unico del articulo 42 de la Ley 80 de 1993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.