C-887 de 2002
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Nestor Raul Correa Henao
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No es absoluto
- Importancia
- Protección derechos fundamentales
- Control ético a través de pactos anticorrupción
- Excepciones legales
- Límites establecidos por la Constitución y la ley
- Manifestación del derecho de petición
- División en títulos y capítulos y orden del articulado no es norma constitucional vinculante
- Criterios de definición
- Establecimiento legal de reserva
- Publicidad
- Reserva
- Condiciones de transparencia e imparcialidad
- Diseño de mecanismos para transparencia e imparcialidad
- Reserva documental
- Control preventivo
- Intervención de transparencia internacional
- No establecimiento de criterios de intervención de transparencia internacional y demás organizaciones
- Vigilancia por Contraloría y Procuraduría
- Falta de claridad en redacción
- Oscuridad y ambivalencia
- No intervención de ONG nacionales en labor de monitoreo
- Alcance respecto de oferta más favorable
- Selección de propuesta más favorable para monitoreo
- No contratación por la administración
- No interpretación rígida
- Finalidad
- Condiciones de transparencia e imparcialidad
- Creación de herramientas legales que impriman transparencia
- Convenios de comportamiento de no soborno
- Integración
- Establecimiento legal de reserva
- No señalamiento legislativo de derechos que solo pueden invocarse
- Intervención de ONG
- Intervención de transparencia internacional
- Señalamiento expreso por legislador de entidad a contratar
- Control y vigilancia ciudadana
- Control y vigilancia
- Regulación normativa
- Intervención no sujeta a condición
- Falta de conexidad respecto de destinación del valor del recaudo
- Aplicación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 555 de 2000.
Arts. 5 9 16 y 17 (ps.).
Prestacion de servicios de comunicacion personal pcs.
Transparencia internacional en licitacion y adjudicacion contratos de concesión de licencias.
Expresa reserva legal de documentos publicos.
Recaudo total para
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 555/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE el paragrafo del articulo 5deg de la Ley 555 de 2000.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE las expresiones "salvo los casos en que haya expresa reserva legal" del numeral 2deg del articulo 9deg de la Ley 555 de 2000.
- TERCERO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 16 de la Ley 555 de 2000, salvo las expresiones "El recaudo total de los pagos iniciales que efectuen los operadores de PCS por las concesiones de que trata el articulo 11 de la presente ley lo hara directamente la Direccion General del Tesoro Nacional. Tal valor se constituye en un ingreso corriente de la Nacion...", que son EXEQUIBLES.
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "para proteger el derecho fundamental a la intimidad personal" del paragrafo
- segundo. del articulo 17 de la Ley 555 de 2000, bajo el entendido que no excluyen la proteccion de otros derechos fundamentales mediante el ejercicio de la accion de tutela.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.