Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de julio de 2006Sala Plena

C-507 de 2006

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Miguel Arcangel Villalobos Chavarro

Tema · dato duro
Regimen Disciplinario De La Policia Nacional. Faltas Por Violación Del Régimen De Inhabilidades E Incompatibilidades, Prohibiciones, Abuso De Los Derechos O Incumplimiento De Deberes
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Falta Disciplinaria Gravisima
  • Calificación está reservada al legislador
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
  • Ausencia de cargos
Principio De Legalidad En Materia Disciplinaria
  • Alcance del principio de reserva de ley
  • Alcance del principio de tipicidad
  • Alcance
  • No vulneración al establecer faltas por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, prohibiciones, abuso de los derechos o incumplimiento de deberes
Principio De Tipicidad En Derecho Disciplinario
  • No es exigible el mismo grado de rigurosidad que se predica en materia penal
Tipo En Blanco
  • Validez constitucional
Regimen Disciplinario De La Policia Nacional
  • Calificación de faltas
  • Faltas por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, prohibiciones, abuso de los derechos o incumplimiento de deberes
Regimen Disciplinario
  • Se caracteriza por la amplia utilización de tipos abiertos
Reglamento Interno De Entidades Del Estado
  • Requisitos para establecer régimen disciplinario propio
Remision Normativa
  • Como técnica legislativa no es per se inconstitucional
  • Condiciones para que sea constitucional
Principio De Legalidad En Derecho Administrativo Sancionador
  • No es demandable el mismo grado de rigurosidad que se exige en materia penal
19 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto ley 1798 de 2000 articulo 40.

Se modifican las normas de disciplina y etica para la policia nacional.

Otras faltas.

El demandante afirma que el articulo acusado vulnera lo previsto en los articulos 13 29 y 189-11 de la constitucion politica por cuanto se incluyen una serie de conductas que no estan claramente determinadas por el legislador como tampoco las sanciones aplicables.

Ausencia de cosa juzgada en relacion con lo decidido en las sentencias c-712 y c-923 de 2001.

El regimen disciplinario de la fuerza publica sus especificidades y la necesaria sumision a los principios que orientan la actividad sancionadora del estado.

El regimen disciplinario reconocido por la carta a los miembros de la fuerza publica debe atender los principios rectores del debido proceso que gobiernan y orientan de forma general y especifica el ius puniendi o potestad pinitiva del estado.

Alcance el principio de legalidad en el ambito disciplinario y los criterios fijados por la jurisprudencia en materia de tipos disciplinarios en blanco.

Contenido y alcance del articulo 40 del decreto ley 1798 de 2000.

La disposicion acusada no hace sino desarrollar para el caso de la policia nacional los presupuestos que orientan el ejercicio de la funcion disciplinaria y no se vulnera el principio de legalidad a que alude el actor.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1798/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 40Decreto 1798/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E:
  3. Declarar EXEQUIBLE, exclusivamente por el cargo analizado, el articulo 40 del Decreto Ley 1798 de 2000 "Por el cual se modifican las normas de disciplina y etica para la Policia Nacional".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.