C-505 de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Raul Fernando Duarte Baquero
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Multa de hasta cinco salarios mínimos diarios a servidores públicos o particulares que manejen fondos o bienes del Estado
- Imposición de multas a servidores públicos o particulares que manejen fondos o bienes del Estado
- Límite máximo del monto de la multa a imponer a servidores públicos o particulares
- Alcance
- Existencia
- Cargos referidos a puntos determinados no objeto de control constitucional
- Hipótesis para existencia
- Imposición de multas por Contralor a servidores públicos y particulares que manejen fondos o bienes del Estado
- Valor determinable
- Efectos en ausencia de señalamiento expreso en parte resolutiva
- Límite de orden material del ámbito
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 42 de 1993.
Art. 101 inc. 1 (p.) y parag.
(p.).
Organización del sistema de control fiscal financiero y los organos que lo ejercen.
Imposicion multas por contralores a servidores publicos y particulares que manejen fondos o bienes del estado.
Estese a lo resuelto en c-484/00
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 42/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en relacion con la expresion "hasta por el valor de cinco (5) salarios devengados por el sancionado", contenido en el primer inciso del articulo 101 de la Ley 42 de 1993, el cual fue declarado EXEQUIBLE en la Sentencia C-484 de 2000.
- SEGUNDO. ESTARSE A LO RESUELTO en relacion con la expresion "de acuerdo con las reglamentaciones que expidan las contralorias", contenida en el paragrafo del articulo 101 de la Ley 42 de 1993, que fue declarado INEXEQUIBLE en la Sentencia C-484 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.