C-366 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Henry Francisco Acosta Patiño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración
- Examen de expedientes por estudiantes de Derecho
- Inexistencia
- Concepto
- Inexistencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 196 de 1971 articulos 26 y 27 (parciales).
Se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacia.
Revision de expedientes y actuaciones judiciales o administrativas.
La accionante considera que el requisito de ser estudiante de derecho para poder consultar los expedientes resulta violatorio de los articulos 13 25 y 26 de la constitucion politica.
Existencia de cosa juzgada abosluta y no concurren los presupuestos para plantear la existencia de una cosa juzgada aparente o de una cosa juzgada relativa implicita.
Estarse a lo resuelto en c-619 de 1996
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 196/71. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Estarse a los resuelto en la Sentencia C-619 de 1996, por medio de la cual se declaró la EXEQUIBILIDAD, de la expresión "siempre que sean estudiantes de derecho" del literal f) del artículo 26 del Decreto 196 de 1971, "Por el cual se dicta el Estatuto del Ejercicio de la Abogacía", así como la del artículo 27 del mismo Decreto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.