Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de junio de 2016Sala Plena

C-329 de 2016

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Christian Alberto Arguello Gomez Y Otro·Demandado Decreto Ley 2241 De 1986, Articulo 118 Parcial

Tema · dato duro
Perturbación Al Ejercicio Del Sufragio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Interferencia En La Libertad Personal
  • Distinción entre diferentes grados
Presidente Del Jurado De Votacion
  • No es autoridad judicial ni ejerce funciones jurisdiccionales
Retencion En Carcel O Algun Cuerpo De Guardia Por Orden Del Presidente Del Jurado De Votacion
  • Acto coactivo preventivo y protector y no sancionatorio
  • Inconstitucionalidad en su potencial sancionatorio
Retencion Por Perturbacion En El Ejercicio Del Sufragio Por Orden Del Presidente Del Jurado De Votacion
  • Medida puede limitar el derecho al voto, a elegir y a la participación democrática
  • Acto coactivo de protección a los mecanismos de participación democrática
  • Acto sancionatorio
  • Finalidad imperiosa y medio adecuado y conducente de la medida como acto coactivo de protección al libre e igual ejercicio del sufragio
Retencion Por Perturbacion En El Ejercicio Del Sufragio
  • Medida de carácter anfibológico
  • Medida compatible con usos sancionatorios y no sancionatorios
Sanciones
  • Fines preventivos o protectores
Voto
  • Derecho a la participación política
  • Derecho y deber ciudadano
Sancion Penal
  • Características
Autoridades Judiciales
  • Competencia para ordenar medidas sancionatorias de privación de la libertad
Demanda Sobre Retencion Por Perturbacion En El Ejercicio Del Sufragio Por Orden Del Presidente Del Jurado De Votacion
  • Juicio de proporcionalidad estricto por cuanto norma acarrea privación de la libertad personal
Derecho A La Libertad
  • Protección constitucional
Integracion Oficiosa De Normas No Demandadas
  • Carácter excepcional
  • Procedencia estricta
Jurados De Votacion
  • Función y competencias
Medidas Privativas De La Libertad
  • Control con carácter anfibológico
Retencion En Carcel O Algun Cuerpo De Guardia
  • Norma acusada no le da el carácter expreso de una pena, sanción o medida de prevención o protección
Retencion Transitoria Por Presidente Del Jurado De Quien Perturba El Ejercicio Del Sufragio
  • Puede tener una finalidad constitucional legítima como mecanismo de protección de los mecanismos de participación democrática, pero resulta una medida innecesaria
Retiro Y Retencion Por Perturbacion En El Ejercicio Del Sufragio Por Orden Del Presidente Del Jurado De Votacion
  • Contexto normativo
  • Fragmento demandado no tiene sentido deóntico claramente identificable
Texto Normativo
  • Carencia de contenido deóntico claro
24 temas · 32 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 118 (parcial) del Decreto Ley 2241 de 1986, por el cual se adopta el Código Electoral.

Consideran los demandantes que concederle a una autoridad no judicial, como el Presidente del Jurado de Votación, la competencia para ordenar medidas privativas de la libertad, bajo un supuesto tan amplio como el que prevé la norma, vulnera la reserva judicial que la Constitución contempla en esta materia, además de violar los derechos de defensa, presunción de inocencia y el debido proceso en su sentido más amplio.

La Corte considera que la retención transitoria por el Presidente del Jurado, de quien perturba el ejercicio del sufragio, puede tener una finalidad constitucional legítima como mecanismo de protección de los mecanismos de participación democrática, pero resulta una medida innecesaria y desproporcionada porque interfiere de manera grave y cierta en la libertad personal, así como el derecho al voto, a elegir y a tomar parte en los diversos mecanismos de participación ciudadana.

Se declara INEXEQUIBLE la expresión “Si no obedecieren, podrá ordenar que sean retenidas en la cárcel o en algún cuerpo de guardia hasta el día siguiente de las elecciones”

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2241/86. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 118Decreto 2241/86INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«“ Si no obedecieren, podrá ordenar que sean retenidas en la cárcel o en algún cuerpo de guardia hasta el día siguiente de las elecciones"»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. Declarar INEXEQUIBLE la segunda frase ["Si no obedecieren, podrá ordenar que sean retenidas en la cárcel o en algún cuerpo de guardia hasta el día siguiente de las elecciones"] del artículo 118, Decreto ley 2241 de 1986 "por el cual se adopta el Código Electoral".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.