Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de abril de 2011Sala Plena

C-299 de 2011

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante ---·Demandado --

Tema · dato duro
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica Que Crea Los Proyectos Integrales De Desarrollo Urbano Pidu
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Decretos Legislativos
  • Pasos metodológicos en juicio de constitucionalidad de medidas excepcionales
Autonomia De Las Entidades Territoriales En Estado De Excepcion
  • Se vulnera si se asigna carácter permanente a medidas de naturaleza temporal
Derecho A La Vivienda Digna
  • Importancia
  • Obligaciones que impone al Estado
  • Naturaleza prestacional y excepcionalidad de su carácter fundamental
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica
  • Análisis insuficiente sobre conexidad material, necesidad y proporcionalidad de medidas sobre uso del suelo para proyectos de construcción de vivienda y reubicación de
  • Finalidad de medidas desborda las necesidades de la emergencia
  • Interfiere la competencia de los concejos municipales en materia de uso del suelo y desconoce el principio de autonomía territorial
  • Medidas relacionadas con suelo urbanizable para proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos afectados por ola invernal guardan relació
Proyectos Integrales De Desarrollo Urbano Pidu
  • Beneficiarios
  • Clases
  • Constituyen una medida de emergencia con vigencia temporal
  • Creación responde a un fin constitucionalmente legítimo
  • Definición
  • Financiación
  • Iniciativa
  • Procedimiento para su adopción
  • Requisitos de trámite
Estados De Excepcion
  • Control político y control jurídico
  • Facultad reglada sujeta a controles concurrentes
  • No suspenden derechos ni libertades fundamentales pero si pueden restringirse
  • Limitaciones institucionalizadas para ejercicio de facultades excepcionales
Contrato De Fiducia Mercantil
  • Excepcionalidad de celebración por FONVIVIENDA para Proyectos Integrales de Desarrollo urbano PIDUs
Fondo Nacional De Vivienda Fonvivienda
  • Financiación de proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDUs
  • Vigencia de la financiación de proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDUs
Macroproyectos De Interes Social Nacional (Misn)
  • Procedencia de ampliación de áreas de planificación y/o gestión para PIDUs
Exequibilidad Condicionada
  • Limitación de aplicación temporal de facultad para adopción y funciones de financiación de Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDUs
  • Procedencia
Silencio Administrativo Positivo En Tramite De Licencias Urbanisticas Para Pidus
  • Configuración como consecuencia de medida de emergencia
Utilidad Publica E Interes Social
  • Propósito en situaciones de desastre
18 temas · 36 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión Constitucional del Decreto Legislativo 4821 de 2010.

Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional.

La Corte encuentra que los Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano (PIDU) cumplen con los requisitos constitucionales de conexidad, finalidad, necesidad y proporcionalidad que se exigen de las medidas de emergencia, dentro de las fases de atención humanitaria y rehabilitación las cuales están concebidas hasta el año 2014.

Se declaran EXEQUIBLES los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 y EXEQUIBLES CONDICIONADOS los artículos 1 y 7 del Decreto Legislativo 4821 de 2010, en el entendido que los PIDU y los recursos destinados a estos proyectos por parte de FONVIVIENDA solo podrán mantenerse hasta el año 2014.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 4821/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 11Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 12Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 13Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 14Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 4Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 5Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 6Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 8Decreto 4821/10EXEQUIBLE
Art. 9Decreto 4821/10EXEQUIBLE
14 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 1º del Decreto Legislativo 4821 de 2010, en el entendido que sólo podrán adoptarse Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDU hasta el año 2014.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLES los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13 y 14 del Decreto Legislativo 4821 de 2010.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el artículo 7º del Decreto Legislativo 4821 de 2010, en el entendido que lo allí establecido se mantendrá hasta el año 2014.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.