C-292 de 2001
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Javier Henao Hidron Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Embajador
- Jefes de misión diplomática
- Cumplimiento de órdenes del superior
- Imposibilidad de calidades simultáneas de cargo
- Agentes diplomáticos y consulares
- Aspectos fundamentales interrelacionados
- Capacitación en horas no hábiles
- Extensión temporal de nombramientos en provisionalidad
- Nombramiento en provisionalidad
- Ratio juris
- Temporalidad de nombramientos en provisionalidad
- Tiempo para ascenso
- Vigencia de lista de elegibles
- Retiro
- Retiro por dos calificaciones insatisfactorias
- Excepciones
- Regla general de acceso a la función pública
- Causales de retiro
- Desarrollo
- Excepción específica
- Excepción imprecisa y abstracta
- Excepción material
- Límites en extensión temporal de nombramientos en provisionalidad
- Reserva legal
- Embajador y Cónsul General Central
- Jefes de misiones diplomáticas
- No pago de costos para ascenso
- Porcentaje razonable en planta externa
- Régimen de transición
- Asignación de cupo
- Comisión en cargo inferior de libre nombramiento y remoción
- Comisión entre plantas interna y externa
- Retiro por pérdida de examen para ascenso
- Alternación entre plantas interna y externa
- Armonización entre poder discrecional y provisión de cargos
- Ascenso
- Comisión de estudios en alternación
- Designación en cargo inferior al escalafonado
- Designación en cargo inferior por alternación
- Regla general
- Retiro del servicio
- Retiro por dos calificaciones insatisfactorias
- Equivalencias
- Excepción específica
- Embajador y Cónsul General Central
- Subsecretarios
- Creación posterior
- Criterio de la confianza
- Criterios de determinación
- Naturaleza
- Sistema de nombramiento
- Condiciones materiales definen naturaleza
- Imposibilidad de calidades simultáneas
- Revisión de legalidad de calificación
- Revisión judicial de actuación del ejecutivo
- Regulación de régimen salarial
- Régimen especial de seguridad social
- Límites en regulación de causales de retiro
- Límites a establecimiento de excepciones
- Límites en regulación de ingreso, ascenso y retiro
- Naturaleza cargo de subsecretario
- Embajador y Cónsul General Central
- Jefes de misiones diplomáticas
- Calidades simultáneas de empleo
- Retiro por pérdida de examen para ascenso
- Armonización entre poder discrecional y provisión de cargos
- Encargado de las relaciones internacionales
- Nombramiento de agentes diplomáticos y consulares
- Calidades simultáneas de cargo
- Calidades simultáneas de cargo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 274 de 2000.
Servicio exterior de la republica carrera diplomatica y consular.
Facultades extraordinarias.
Cargos de libre nombramiento y remocion.
Carrera administrativa.
Retiro del servicio.
Provisionalidad.
Comision.
Exequibles e inexequibles.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 274/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (16 puntos)
- PRIMERO. Declarase EXEQUIBLE el Decreto 274 de 2000 en cuanto no excedio las facultades conferidas al Presidente de la Republica por el numeral 6 del articulo 1 de la Ley 573 de 2000, con excepcion de la frase "salvo las particularidades contempladas en este Decreto" contenida en el articulo 63, los paragrafos 2, 3 y 4 del mismo articulo y los articulos 64, 65, 66 y 67, los que se declaran INEXEQUIBLES.
- SEGUNDO. Declarase EXEQUIBLE el literal f del articulo 6 del Decreto 274 de 2000.
- TERCERO. Declarase INEXEQUIBLE el literal k del articulo 6 del Decreto 274 de 2000.
- CUARTO. Declarase EXEQUIBLE el paragrafo
- primero. del articulo 6 del Decreto 274 de 2000, con excepcion de la expresion "a medida que se presenten las vacantes" que se declara INEXEQUIBLE.
- Es EXEQUIBLE la expresion "se mantendra en la parte externa un 20% del total de cargos de embajador con el fin de designar en dichos cargos a funcionarios de la Carrera Diplomatica y Consular" en cuanto se entienda que dicho porcentaje constituye un limite minimo.
- QUINTO. Declarase EXEQUIBLE el articulo 31 del Decreto 274 de 2000, con excepcion del numeral 2, el que se declara INEXEQUIBLE.
- SEXTO. Declarase INEXEQUIBLE la frase "Si presentado el
- segundo. examen no obtuviere el puntaje exigido, el funcionario sera retirado de la Carrera Diplomatica y Consular y, por lo tanto del servicio". contenida en el articulo 30 del Decreto 274 de 2000.
- SEPTIMO. Declarase EXEQUIBLE el literal f del articulo 32 del Decreto 274 de 2000.
- OCTAVO. Declarase EXEQUIBLE el articulo 60 del Decreto 274 de 2000.
- NOVENO. Declarase EXEQUIBLE el Articulo 61 del Decreto 274 de 2000, con excepcion de la expresion "salvo circunstancia de especial naturaleza calificada en cada caso por la Comision de Personal de la Carrera Diplomatica y Consular" contenida en el literal b, la que se declara INEXEQUIBLE.
- Es EXEQUIBLE la expresion "no excedera de cuatro anos" en cuanto se entienda que se trata de un termino maximo y que no exime a la administracion de agotar todos los procedimientos necesarios para proveer el cargo de acuerdo con el regimen de la carrera diplomatica y consular.
- DECIMO. Declaranse EXEQUIBLES el aparte demandado del paragrafo del articulo 12, el literal e del articulo 62, el aparte demandado del paragrafo del articulo 51, los apartes demandados de los literales a, f y del paragrafo del articulo 53, el aparte demandado del paragrafo
- segundo. del articulo 22, los apartes demandados del articulo 27, el aparte demandado del articulo 28, el literal g del articulo 81, el aparte demandado del literal d del articulo 29, el literal b del articulo 32, el articulo 55, el paragrafo
- segundo. del articulo 57, el articulo 59 y el literal d del articulo 95.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.