C-225 de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Maria Fernanda Garcia Rodriguez·Demandado Ley 1645 De 2013, Articulo 8
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reglas respecto del alcance de la competencia de la Corte Constitucional
- Alcance
- Formas
- Jurisprudencia constitucional
- Efectos
- Asignación de partidas presupuestales
- Cosa juzgada constitucional absoluta
- Reitera salvamento de la sentencia C-224/16 en relación con el no decreto de pruebas por parte de la Corte y la falta de investigación oficiosa para conocer el arr
- Reitera salvamento de voto de la sentencia C-224/16 en relación con la insuficiencia de los argumentos esbozados para motivar la declaratoria de inexequibilidad
- Reitera salvamento de voto de la sentencia C-224/16 por cuanto los apartes declarados inexequibles no quebrantaban el carácter laico y la neutralidad del Estado Co
- Reiteración de salvamento de voto de la sentencia C-224/16
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 8 de la Ley 1645 de 2013, por la cual se declara patrimonio cultural inmaterial de la Nación La Semana Santa de Pamplona, departamento de Norte de Santander y se dictan otras disposiciones.
La demandante considera que la disposición atacada vulnera el Preámbulo y los artículos 1, 2 y 19 de la Constitución Política.
Verificó la Sala Plena que en el presente caso operó el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, por cuanto la norma acusada se declaró inexequible y se retiró del ordenamiento jurídico, por ser contraria a los postulados constitucionales.
Con base en lo anterior, se dispone ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-224/16.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1645/13. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-224 de 2016, por medio de la cual se declaro inexequible el articulo 8o de la Ley 1645 de 2013.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.