Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de marzo de 2003Sala Plena

C-211 de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Maria Eugenia Bareño Villa

Tema · dato duro
Ley 734 De 2002. Art. 46 (P.). Codigo Disciplinario Unico. Limite De Las Sanciones. Inhabilidad Permanente Por Falta Que Afecte El Patrimonio Economico Del Estado. Ius Puniendi. Cosa Juzgada Formal Material Absoluta Relativa Y Condicionada. Estese <a Href
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Significado
  • Connotaciones
  • No es absoluta
Cosa Juzgada Material
  • Alcance
  • Efectos respecto a fallos de exequibilidad o inexequibilidad
Cosa Juzgada Absoluta O Relativa
  • Motivación de decisión
Cosa Juzgada Absoluta
  • Alcance
  • Operancia
Norma Juridica
  • Sentido normativo
Sentencia De La Corte Constitucional
  • Diferencia entre norma y sentido normativo
11 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 46Ley 734/02ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-948 de 2002 que declaró exequible la expresión "pero cuando la falta afecte el patrimonio económico del Estado la inhabilidad será permanente", contenida en el primer inciso del artículo 46 de la Ley 734 de 2002, bajo el entendido que se aplica exclusivamente cuando la falta sea la comisión de un delito contra el patrimonio del Estado, conforme a lo dispuesto en el inciso final del Artículo 122 de la Constitución Política.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.