Micelio
Sentencia de Constitucionalidad16 de marzo de 2011Sala Plena

C-187 de 2011

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Revision Constitucional·Demandado Ley 1411 De 2010 Y Acuerdo

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Acuerdo En Materia De Informes Anuales Sobre Derechos Humanos Y Libre Comercio Entre La República De Colombia Y Canadá
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consulta Previa A Las Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Procedimiento no queda librado por entero a la discrecionalidad de las autoridades gubernamentales
  • Reglas particulares sobre el momento en el cual debe hacerse la consulta
  • Sometimiento al principio de buena fe
  • Ante el incumplimiento de este requisito procede la acción de tutela o la inconstitucionalidad según sea el caso
  • Momento en el cual debe hacerse
Consulta Previa A Las Comunidades Indigenas Y Afrodescendientes
  • Forma en la cual debe ser llevada a cabo
  • Criterios jurisprudenciales para determinar su obligatoriedad
  • Efectos de la omisión
  • No surge frente a toda medida legislativa que sea susceptible de afectarlas, sino exclusivamente aquellas que las afecten directamente
Consulta Previa De Comunidades Y Grupos Etnicos
  • Ámbito temático
  • Tipo de medidas que deben ser consultadas
Acuerdo En Materia De Informes Anuales Sobre Derechos Humanos Y Libre Comercio Entre La Republica De Colombia Y Canada
  • Contenido
  • Finalidad
  • No constituye ni contiene medidas legislativas que afecten en forma directa a las comunidades indígenas y afrodescendientes
Comunidades Indigenas Y Afrodescendientes
  • Espacios concretos de participación en el ordenamiento constitucional
Convenio 169 De La Organizacion Internacional Del Trabajo Oit
  • Requisitos que deben concurrir a la hora de establecer quiénes se pueden considerar como sus beneficiarios
Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Cumplimiento de requisitos de trámite
10 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del “Acuerdo en materia de informes anuales sobre derechos humanos y libre comercio entre la República de Colombia y Canadá hecho en Bogotá el día 27 de mayo de 2010” y la Ley 1411 de 2010 que lo aprueba.

La Corte realiza una descripción general del contenido del Acuerdo y la Ley que lo aprueba, la consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes, se analiza la obligatoriedad de la consulta previa en el asunto de la referencia, se concluye que en el presente caso no resulta obligatoria la consulta previa ya que no constituye ni contiene medidas legislativas que afecten de forma directa a las comunidades indígenas y afrodescendientes, en seguida se analiza la constitucionalidad del tratado internacional y de la ley aprobatoria en sus aspectos formales y materiales, se encuentra que tanto el Acuerdo como la Ley aprobatoria están acordes a la Constitución y por lo tanto se decide declararlas.

Exequibles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1411/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1411/10 «Acuerdo en materia de informes anuales sobre derechos humanos y libre comercio entre la Republica de Colombia y Canada hecho en Bogota el dia 27 de mayo de 2010»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Primero. DECLARAR EXEQUIBLE la Ley 1411 de 2010 y el "Acuerdo en materia de informes anuales sobre derechos humanos y libre comercio entre la Republica de Colombia y Canada hecho en Bogota el dia 27 de mayo de 2010".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.