Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de agosto de 2010Sala Plena

C-608 de 2010

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Ley 1363 De 2009

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Libre Comercio Entre Canadá Y La República De Colombia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acuerdo De Libre Comercio Entre Canada Y La Republica De Colombia
  • Cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales en el trámite legislativo
  • Mecanismos de solución de controversias entre inversionistas extranjeros y Estados se ajustan a la Constitución
Acuerdo De Libre Comercio
  • Conformidad con el mandato de promoción de la internacionalización de las relaciones económicas y comerciales
Clausula De Trato Nacional Y Clausula De La Nacion Mas Favorecida
  • Instrumentos encaminados a asegurar que los inversionistas originarios de los Estados Partes no sean discriminados
Constitucion Politica De 1991
  • Vocación integracionista
Convencion De Viena Sobre Los Derechos De Los Tratados De 1969
  • Estados partes en la suscripción de un acuerdo pueden limitar el ámbito de aplicación territorial, sin que ello implique renuncia alguna al ejercicio de la soberanía
Expropiacion Indirecta En Tratado De Libre Comercio
  • Fundamento constitucional en principio de confianza legítima
  • Condiciones establecidas para su aplicación son razonables y no limitan competencias regulatorias estatales
Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Cumplimiento de requisitos de trámite
Tratado De Libre Comercio Con Canada
  • Entrada temporal de personas de negocios
  • Políticas de competencia, monopolios y empresas del Estado
  • Comercio transfronterizo de servicios
Tratado De Libre Comercio Entre Canada Y La Republica De Colombia
  • Proceso de apertura del mercado de servicios en ambiente de libre competencia, mediante la adopción de cláusulas referentes al trato nacional
  • Se ajusta a los mandatos constitucionales de internacionalización de las relaciones económicas del país
Control De Constitucionalidad Sobre Tratados De Libre Comercio
  • Aplicación del principio in dubio pro legislatoris
  • Aplicación del test de razonabilidad en derechos fundamentales
  • Doctrina non self executing
Clausula De Trato Nacional
  • Es una clásica manifestación del principio de igualdad en las relaciones internacionales
Derecho Internacional Economico
  • Discusión acerca del término expropiación indirecta o “regulatory expropiatión”
Expropiacion Indirecta En Derecho Internacional Economico
  • Ejemplos de actos gubernamentales calificados por Tribunales Arbitrales Internacionales como expropiaciones indirectas
26 temas · 34 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revisión de constitucionalidad del “Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia, hecho en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y el Canje de Notas entre Canadá y la República de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores técnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y la República de Colombia”, así como de la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009, aprobatoria del mismo.

La Corte realiza unas consideraciones sobre la competencia y objeto de control, luego pasa a estudiar la remisión del acuerdo y su ley aprobatoria, se concluye que no se incurrió en vicios de procedimiento y por lo tanto el tramite fue cumplido a cabalidad, luego realiza un estudio sobre la constitucionalidad del tratado en sus aspectos materiales, la conformidad del Acuerdo de Libre Comercio con el mandato de promoción de la internacionalización de las relaciones económicas y comerciales, se realiza un examen de constitucionalidad del articulado del tratado internacional, se concluye que tanto el tratado como la ley estudiada se ajustan a la Constitución por lo tanto decide declararlos exequibles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1363/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1363/09EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el Acuerdo de Libre Comercio entre Canada y la Republica de Colombia, hecho en Lima, Peru, el 21 de noviembre de 2008, y el Canje de Notas entre Canada y la Republica de Colombia del 20 de febrero de 2009, por medio del cual se corrigen errores tecnicos y materiales del Acuerdo de Libre Comercio entre Canada y la Republica de Colombia.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1363, por medio de la cual fue aprobado el tratado internacional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a27
C-615/09Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Para El Desarrollo Integral Y Asistencia Basica De Las Poblaciones Indigenas Wayuu De La Republica De Colombia Y De La Republica De VenezuelaC-031/09Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Libre Comercio Entre La Republica De Colombia Y La Republica De Chile, Protocolo Adicional Al Acuerdo De Complementacion Economica Para El Establecimiento De Un Espacio Economico Ampliado Entre Colombia Y Chile (Ace 24)A. 282/09Aparente Conflicto De Competencia Entre La Sala De Casación Civil De La Corte Suprema De Justicia Y El Juzgado Catorce Civil Del Circuito De Bogotá. El Actor Acudió Ante La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura En Solicitud Radicada El 22 De Mayo De 2009, Referida A “provocar Conflicto De Competencia Conforme Con El Artículo 148 Del C.P.C  En Concordancia Con El Numeral 6 Del Artículo 256 De La Constitución Política De Colombia Para Dirimir El Conflicto De Competencia Que Ocurre Entre La Sala Civil De La H. Corte Suprema De Justicia Y El Juzgado 14 Civil De Circuito De Bogotá, La Sala Jurisdiccional Disciplinaria Del Consejo Superior De La Judicatura Mediante Providencia Del 11 De Junio De 2009, Resolvió: Abstenerse De Emitir Pronunciamiento Alguno Frente Al Conflicto Negativo De Jurisdicciones Provocado Por El Señor Jesús C. Sequera Duarte”, En Consecuencia, Remitió El Expediente A Esta Corporación. La Sala Advierte Que En Realidad No Se Ha Trabado De Forma Expresa Ningún Conflicto De Competencia Entre Distintos Despachos Judiciales Para Conocer Y Tramitar De La  Acción De Tutela, Motivo Por El Cual Se Decide Abstenerse  De Emitir Pronunciamiento Al Respecto.C-750/08Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Promocion Comercial Entre La Republica De Colombia Y Los Estados Unidos De AmericaC-923/07Control De Constitucionalidad Del Acuerdo De Tratado De Libre Comercio Entre La Republica De Colombia, Los Estado Unidos Mexicanos Y La Republica Bolivariana De VenezuelaC-309/07Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Entre La Republica De Colombia Y El Reino De España Para La Promocion Y Proteccion Reciproca De Inversiones
Ver las 27

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.