C-184 de 1998
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Marco Fidel Gomez Valle
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inconstitucionalidad de dos horas de sol diarias
- Demarcación de terrenos
- Deber de evitar conversaciones
- Responsabilidad por negligencia
- A la Dirección General le corresponde determinar estudios en cárceles
- No procede suspensión si son reincidentes
- Procedencia de recurso
- Fijación
- Constitucionalidad
- En calificación no pueden apreciarse situaciones análogas
- Material pornográfico
- Inconstitucionalidad de falta leve por descanso en el día en la cama
- Naturaleza
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 65/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los apartes demandados de los articulos 20, 31, 46, 85, 94,137, 165 y 170 de la Ley 65 de 1993.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES los articulos 28, 95, 126-3, 135 inciso
- segundo. y 167 de la Ley 65 de 1993.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE con los condicionamientos hechos por la Corporacion el aparte demandado del articulo 44-e de la Ley 65 de 1993.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 122 de la Ley 65 de 1993, en los terminos expresados en la parte motiva del presente fallo.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE en lo acusado, el articulo 121 de la Ley 65 de 1993, solo en relacion con los cargos analizados en esta sentencia, e INEXEQUIBLE el numeral 7 de la primera parte de dicho articulo que dice: "Descansar en la cama durante el dia sin motivo justificado".
- Sexto. Declarar EXEQUIBLE el aparte del inciso
- primero. del articulo 110 de la Ley 65 de 1993, que dice: "salvo grave amenaza de alteracion del orden, caso en el cual la restriccion debera ser motivada", e INEXEQUIBLE el paragrafo del mismo articulo.
- Septimo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 123-4 de la Ley 65 de 1993, e INEXEQUIBLE la expresion "tendra derecho a dos horas de sol diarias y" contenida en el numeral 3 de la segunda parte de dicho articulo.
- Octavo. Declarar EXEQUIBLES las siguientes expresiones del articulo 127 de la Ley 65 de 1993: "agraven" y "el dano producido", e INEXEQUIBLE la expresion "y situaciones analogas" del mismo articulo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.