Micelio
Sentencia de Tutela30 de noviembre de 2022

T-435 de 2022

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Pascue Yafue Javier·Demandado Ministerio De Justicia Y Del Derecho Y Otros

Tema · dato duro
Debido Proceso Disciplinario En Instituciones Penitenciarias-Procedimiento Para El Manejo De Dinero Incautado A Los Privados De La Libertad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Disciplinario En Instituciones Penitenciarias
  • Caso en que se revocó amparo concedido, por cuanto la incautación del dinero al recluso se ajustó al procedimiento previsto para ello
  • Procedimiento para el manejo de dinero incautado a las personas privadas de la libertad
Regimen Disciplinario En Centros De Reclusion
  • Alcance del derecho al debido proceso
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El accionante, comunero indígena, fue condenado a cuarenta años de prisión en calidad de guardado en las instalaciones de la cárcel y penitenciaría de alta y mediana seguridad de Popayán, por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir, desarmonización y porte de armas.

La condena fue impuesta por la Asamblea General del Resguardo Indígena de Pioya.

Meses después, en un operativo de registro y control llevado a cabo en el establecimiento carcelario, le fue decomisado al peticionario la suma de $180.000 y se le entregó un recibo para reclamar dicho dinero al momento de recobrar la libertad.

La vulneración de derechos fundamentales por parte de las entidades accionadas se predica del hecho de que se nieguen a depositar oportunamente en la cuenta nacional el referido dinero para que pueda utilizarlo para suplir sus necesidades básicas de aseo, alimentación y comunicación.

Lo anterior, porque es producto de su propio trabajo, no cuenta con ayudas externas de ninguna clase y las condiciones en las que permanece recluido son sumamente dificultosas.

Se analiza temática relacionada con: 1º.

La relación de especial sujeción en la jurisprudencia constitucional. 2º.

El régimen disciplinario de los establecimientos carcelarios y el amplio margen de apreciación por parte de los operadores disciplinarios -director y Consejo de Disciplina y, 3º.

El procedimiento para el manejo del dinero incautado a los privados de la libertad.

Al no encontrar vulnerado el derecho al debido proceso, la Corte decidió NEGAR el amparo invocado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el expediente T-8.605.977.
  2. SEGUNDO. DESVINCULAR a la Nación -Ministerio de Justicia y del Derecho, a la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC- y a la Dirección Regional de Occidente del INPEC.
  3. TERCERO. REVOCAR la sentencia de 3 de noviembre 2021 proferida por el Juzgado
  4. Quinto. Administrativo del Circuito de Popayán; en su lugar, NEGAR el amparo solicitado.
  5. CUARTO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.