Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de febrero de 2004Sala Plena

C-130 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Mauricio Martinez

Tema · dato duro
Administradora Del Regimen Subsidiado En Plan Nacional De Desarrollo. Nuevas Entidades Públicas O Privadas Serán Sin Ánimo De Lucro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Administradora Del Regimen Subsidiado
  • Impedir que se constituya con ánimo de lucro es una medida razonable del legislador
  • Animo de lucro resulta inconstitucional
  • Requisito de ser entidad sin ánimo de lucro no desconoce libertades constitucionales económicas
  • Modificación de situación jurídica
Administradora Del Regimen Subsidiado En Plan Nacional De Desarrollo
  • Nuevas entidades públicas o privadas serán sin ánimo de lucro
Libertad Economica
  • Limitación razonable
  • Jurisprudencia constitucional
  • Restricción
Control De Constitucionalidad
  • Improcedencia sobre nuevo cargo planteado por el Procurador General
Seguridad Social
  • Prestación por entidades privadas sin limitación alguna
Servicio Publico De Salud
  • Participación de particulares
Plan Nacional De Desarrollo
  • No idoneidad para modificar todas las leyes en todos los ramos de la legislación
10 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 812 de 2003.

Art. 127.

Plan nacional de desarrollo 2003-2006.

Ajustes al regimen subsidiado.

Creación ars como entidades publicas y/0 privadas sin animo de lucro.

Libertad economica de empresa y competencia.

Libertad de configuración legislativa.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 812/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 127Ley 812/03EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el articulo 127 de la Ley 812 de 2003.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónAlfredo Beltrán SierraAclaraciónAlvaro Tafur GalvisAclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.