C-898 de 2003
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Elkin Leon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Facultad de seleccionar libremente la ARS
- Régimen de seguridad social deberá extenderse progresivamente y aplicarse sin discriminación alguna
- Alcance de la preferencia para las ARS de carácter comunitario
- Solamente cuando se presente una igualdad de condiciones entre los participantes debe preferirse a la ARS de carácter comunitario
- Preferencia implica la imposibilidad de realizar los principios de eficacia y universalidad del servicio público de salud
- Privilegio no puede impedir tener en cuenta las mejores condiciones de oferta de servicios que hacen las distintas ARS
- Concurrencia del Estado y de los particulares en la prestación del servicio dentro del esquema de libertad de empresa
- Límites
- Prestación del servicio público de salud por particulares
- Definición
- Análisis constitucional de la totalidad del contexto
- Integración
- Definición
- Propósito
- Participación de la comunidad no parece entenderse como la simple presencia o intervención de grupos organizados
- Organización debe llevarse a cabo con participación de la comunidad
- Inexistencia
- Atención a comunidad indígena
- Entidades de intermediación
- Regulación
- Facultad de crear Administradoras Indígenas de salud
- Carácter y fuerzas expansivas
- Respaldo constitucional
- Obligación de promover y fortalecer las cooperativas y demás formas asociativas y solidarias de propiedad
- Objeto de los límites constitucionales a la facultad legislativa de restringir
- Razones para su adopción
- Requisitos para administrar se aplican por igual a todas las ARS
- Administración
- Recursos
- Recursos tienen carácter público
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los numerales 1deg y 2deg del articulo 216 de la Ley 100 de 1993, condicionado a que se entienda que, en todos los casos, todas las administradoras del regimen subsidiado (ARS) interesadas en administrar los recursos del subsidio deben participar en el concurso convocado por las direcciones seccionales o locales de salud para contratar dicha administracion, y que solamente cuando se presente una igualdad de condiciones entre las participantes debe preferirse a aquella que sea una administradora de caracter comunitario, como lo son las empresas solidarias de salud.
- Segundo. Los efectos de la presente decision son relativos unicamente a los cargos esgrimidos en la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.