C-124 de 2013
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Luis Reinaldo Cala Cala·Demandado Ley 1493 De 2011, Articulos Del 23 Al 34
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Objetivo fundamental
- Respeto del principio de unidad de materia
- Competencias de inspección, vigilancia, control y toma de posesión de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y derechos conexos
- Contenido
- Límite en los gastos de funcionamiento
- Régimen de la contribución parafiscal
- Regulación de aspectos fiscales
- Conexidad temática y teleológica
- Rigor del control constitucional
- Alcance en la jurisprudencia constitucional
- Carácter flexible del control constitucional
- Control de las sociedades de gestión colectiva de derechos de autor y conexos en la explotación de dichos espectáculos
- Atribuciones
- Funciones
- Naturaleza jurídica
- Jurisprudencia constitucional
- Concepto según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
- Regulación de condiciones fiscales, económicas, administrativas, financieras y tributarias
- Cambios al proyecto no cuestiona asignación de competencia
- Función y contenido patrimonial
- Intervención del Estado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 de la Ley 1493 de 2011, por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones.
El demandante considera que los artículos acusados vulneran los artículos 150, 151, 157, 158 y 169 de la Constitución Política, en cuanto los proyectos de ley relativos a la propiedad intelectual deben iniciar su trámite en las Comisiones Primeras Permanentes Constitucionales y las normas demandadas se tramitaron en las Comisiones Terceras.
Así mismo, porque su contenido no guarda conexión con la materia de la ley, ni su título, ya que la competencia para la inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva no tiene relación alguna con la formalización del sector espectáculo público de las artes escénicas.
La Corte decide declarar EXEQUIBLES los artículos acusados, pero limita el alcance de la decisión a los cargos examinados en la presente sentencia.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1493/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES los articulos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33 y 34 de la Ley 1493 de 2011, por los cargos analizados
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.