Micelio
Sentencia de Constitucionalidad1 de febrero de 2006Sala Plena

C-045 de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Diego Luis Gutierrez Lacouture

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma De La Ley 788 De 2002
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

6 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 788 de 2002 articulo 36 parcial.

Se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial y se dictan otras disposiciones.

Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas.

El demandante afirma que la disposicion acusada es inconstitucional por configurar una omision legislativa que resulta violatoria del articulo 48 de la carta politica.

Ineptitud sustantiva de la demanda.

Equivocada configuracion del cargo por omision legislativa.

La corte ha señalado que es posible adelantar un jucio de inconstitucionalidad por omision legislativa pero ha precisado que ello solo procede cuando se este frente a omisiones legislativas relativas y no cuando se trate de omisiones legislativas absolutas.

El cargo por omision legislativa no se orienta en realidad a mostrar una deficiencia del articulo 476 del estatuto tributario sino que plantea un interrogante frente a un conjunto indeterminado de normas que regulan el impuesto sobre las ventas.

La omision legislativa que cree advertir el demandante no se predica de la disposicion acusada.

Inhibida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 788/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 36Ley 788/02INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E
  3. Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto de la expresión "y los servicios vinculados con la seguridad social de acuerdo con lo previsto en la Ley 100 de 1993", contenida en el numeral 3º del artículo 476 del Estatuto Tributario, tal como fue modificado por el artículo 36 de la Ley 788 de 2002, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta Sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.