Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de noviembre de 2011Sala Plena

C-881 de 2011

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

Demandante Luis Daniel Mantilla Arango·Demandado Ley 906 De 2004 (Articulo 335)

Tema · dato duro
Fiscal Y Juez En El Proceso Penal De Tendencia Acusatoria. Diferencia De Roles Institucionales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Clausula General De Competencia Legislativa En Materia Penal
  • No establece como causal de impedimento para el fiscal el haber solicitado una preclusión rechazada por el juez
Establecimiento De Un Impedimento Del Fiscal Frente A Una Fallida Solicitud De Preclusion
  • No es la única alternativa con que cuenta el legislador para garantizar los derechos de las víctimas al acceso a la justicia, y a obtener verdad y reparación
Fiscal
  • Su actividad investigativa y acusadora debe estar guiada por los principios rectores que modulan la actividad procesal como los de lealtad, objetividad y corrección
  • Su actuación en lo que concierne a la preclusión, está rodeada de una serie de controles
  • Percepción sobre la configuración de una causal de preclusión, no compartida por el juez, no lo inhabilita para continuar impulsando la investigación con miras a una eventual formulación de acusación
Solicitud De Preclusion En El Sistema Penal De Tendencia Acusatoria
  • Su trámite debe estar rodeado de las mayores garantías
Impedimentos Y Recusaciones
  • Carácter excepcional y taxativo de las causales en que se originan, lo cual exige una interpretación restrictiva de las mismas
Actuacion Del Fiscal En El Proceso Penal
  • No está precedida de las mismas exigencias de neutralidad, imparcialidad y equilibrio que deben caracterizar la actuación del juez
Atributos De Independencia E Imparcialidad Del Funcionario Judicial
  • Orientados a salvaguardar los principios esenciales de la administración de justicia
Decision De Preclusion En Proceso Penal
  • Causales en que se fundamenta
Impedimentos En El Procedimiento Penal
  • Contenido y alcance normativo
Proceso Penal Con Tendencia Acusatoria
  • Rechazo de la solicitud de preclusión
Preclusion De La Investigacion
  • Permite la terminación del proceso penal sin el agotamiento de todas las etapas procesales, ante la ausencia de mérito para sostener una acusación
Principio De Imparcialidad Del Funcionario Judicial
  • Impedimentos y recusaciones en el sistema jurídico nacional
21 temas · 23 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 335 de la Ley 906 de 2004.

Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

El aparte demandado es el siguiente: “El juez que conozca de la preclusión quedará impedido para conocer del juicio El actor alega que el contenido del aparte acusado entraña una omisión legislativa, en cuanto considera que el impedimento que la norma prevé para el juez que niega la solicitud de preclusión, debería hacerse extensivo al fiscal que formuló la fallida solicitud.

La Corte encuentra que no concurren los presupuestos necesarios para declarar la inconstitucionalidad de una omisión legislativa relativa, ni se está frente a una disposición legal incompleta que vulnere garantías constitucionales.

Se declara EXEQUIBLE por los cargos analizados, la expresión demandada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 335Ley 906/04EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "El juez que conozca de la preclusion quedara impedido para conocer del juicio" contenida en el inciso
  2. segundo. del articulo 335 de la Ley 906 de 2004, "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a31
C-539/11Precedente Judicial En Resolucion De Peticiones Y Expedicion De Actos Administrativos Relativos A Pensiones, Salarios, Prestaciones Sociales Y Ciertos Daños. Fuerza VinculanteC-936/10Aplicacion Del Principio De Oportunidad Al Desmovilizado De Un Grupo Armado Al Margen De La Ley. Desconoce El Principio De Legalidad, Los Límites Constitucionales Para Su Aplicación Y Los Derechos De Las Víctimas A La Verdad, La Justicia Y La ReparaciónC-648/10Oportunidad De La Defensa Para Intervenir En Audiencia De Peticion De Preclusion. No Puede Limitarse A Los Eventos En Los Que Haya Oposición A La Petición Del FiscalA. 039/10Auto de 2010A. 169/09Solicitud De Nulidad En Desarrollo De La Accion Instaurada Por Edilberto Castro Rincon Vs. Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia. Jurisprudencia Sobre La Procedencia Excepcional De Las Solicitudes De Nulidad En Sede De Revision De Tutela. Se Reitero Que Los Presupuestos Para El Efecto Son: (I) Que La Solicitud De Presente  Dentro De Los Tres (3) Dias Siguientes A Su Notificacion; (Ii) Que Los Vicios Que Puedan Ocurrir Durante El Tramite Del Proceso De Constitucionalidad Se Aleguen Antes De La Sentencia Respectiva; (Iii) Que Los Vicios Invocados Se Hayan Generado Por Irregularidades En La Misma Sentencia O Por Violacion Del Debido Proceso; (Iv) Si La Nulidad Consiste En Irregularidades En La Notificacion De La Sentencia O Acto Posterior A La Misma, Que La Nulidad Recaiga Sobre Dicho Acto, No Sobre La Sentencia; Y (V) Que No Se Desconozca Que La Nulidad No Es Una Instancia, Un Recurso, Una Oportunidad Para Revisar La Sentencia O Reabrir El Debate Probatorio. La Sala Establecio, Respecto A La Supuesta Carencia De Imparcialidad Del Magistrado Jaime Cordoba Triviño, Que El Invocado No Entrañaba Un Vicio De Las Caracteristicas Exigidas Por La Dogmatica De Las Nulidades, Es Decir, Que Fuere Ostensible, Probado, Significativo Y Trascendental. Lo Mismo Se Predico Del Segundo Cargo, O Sea, La Omision De La Corte Sobre El Estudio De Un Tema Trascendental De La Accion De Tutela. Se Resolvio Negar La Nulidad Solicitada.T-176/08Tutela de 2008
Ver las 31

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.