DecretoVigente
Decreto 182 de 1998
por el cual se reglamenta la Ley 333 de 1996, en lo relativo a la destinación provisional y asignación definitiva de los bienes rurales con caracterizada vocación rural en favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan disposiciones relacionadas con su adjudicación.
24artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Destinación Provisional2Asiganción Definitiva3Destinación De Las Tierras4De Los Beneficiarios5Prioridades6Bienes Rurales Con Caracterizada Vocación Rural7Campesino Desplazado8Acreditación De La Condición De Campesino Desplazado9Programa De Erradicación De Cultivos Ilícitos10Escogencia De Otros Beneficiarios11Comunidades Indígenas12Criterios Sociales Y Económicos De Elegibilidad Y Factores De Calificación13Adjudicación De Los Bienes Rurales14Título Traslaticio De Dominio15De La Entrega De Los Bienes16Del Precio17Del Subsidio18Condiciones De Venta De Las Tierras19Régimen De La Propiedad Parcelaria20Adjudicación A Comunidades Indígenas21Sistema Nacional De Reforma Agraria Y Desarrollo Rural Campesino22Capacitación23Coordinación24Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 25 y 26 de la Ley 333 de 1996
- Almabeatriz Rengifo LópezLa Ministra de Justicia y del Derecho
- Antonio Gómez MerlanoEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural