Micelio

Artículo 22

Capacitación

Decreto 182 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 333 de 1996, en lo relativo a la destinación provisional y asignación definitiva de los bienes rurales con caracterizada vocación rural en favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan disposiciones relacionadas con su adjudicación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Capacitación. El Incora realizará obligatoria y periódicamente cursos de capacitación dirigidos a los aspirantes para el programa de adjudicación de bienes rurales, los que tendrán una duración no inferior a 15 horas, relacionados con los derechos, requisitos y obligaciones en la adjudicación de los bienes rurales, la asignación del subsidio, la consecución del crédito de producción, la explotación sostenible de los predios, sus posibilidades técnicas y económicas, administración rural, preparación de proyectos productivos, la transferencia del dominio o posesión y se adelantará una labor de promoción de las empresas comunitarias y la organización cooperativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 182 de 1998