Micelio

Artículo 3

Destinación De Las Tierras

Decreto 182 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 333 de 1996, en lo relativo a la destinación provisional y asignación definitiva de los bienes rurales con caracterizada vocación rural en favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan disposiciones relacionadas con su adjudicación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Destinación de las tierras. Los predios rurales que ingresen al Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y la lucha contra el Crimen Organizado, sólo podrá destinarlos el Incora a los siguientes fines

1.

El establecimiento de unidades agrícolas familiares, empresas comunitarias o cualquier tipo asociativo de producción, en favor de los hombres y mujeres campesinas de escasos recursos que, según lo dispuesto por la Ley 160 de 1994, sus reglamentos y el presente decreto, tengan la condición de sujetos de reforma agraria.

2.

La ampliación y la reestructuración de los resguardos indígenas, con arreglo a la Ley 160 de 1994.

Parágrafo

Cuando las condiciones del predio así lo recomendaren y con el objeto de preservar la unidad en su manejo, administración y explotación y evitar la dispersión de bienes y equipos, el Incora promoverá la formación de una empresa comunitaria u otra forma asociativa de producción para la adjudicación del inmueble y demandará el apoyo técnico y financiero de las entidades pertinentes del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino para la consolidación de las empresas. En cualquier caso, se procurará que las unidades de explotación que se conformen, operen a unas escalas adecuadas a las exigencias de una mayor productividad y competitividad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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