°. Destinación Provisional. Los bienes rurales con caracterizada vocación rural para la producción agropecuaria y pesquera, respecto de los cuales se halle vigente una medida cautelar por presunta vinculación a las actividades de que trata el artículo 2°. de la Ley 333 de 1996, serán destinados provisionalmente y de manera preferencial por la Dirección Nacional de Estupefacientes al Instituto Colombiano de la Reforma Agraria. Para efectos de facilitar el trámite de la destinación provisional, la Dirección Nacional de Estupefacientes informará periódicamente al Incora sobre los bienes rurales que se hallen en las circunstancias previstas en el inciso anterior. El Instituto determinará la caracterizada vocación rural, o aptitud de los bienes para la producción agropecuaria o pesquera, según los términos de la definición contenida en el artículo 6°. del presente decreto, mediante visita técnica que practicará al inmueble respectivo. Si el concepto del Incora respecto de las calidades y condiciones del bien rural fuere desfavorable, la Dirección Nacional de Estupefacientes dispondrá su destinación de conformidad con lo previsto en el artículo 4°. del Decreto 1458 de 1997. Los rendimientos financieros que genere la administración provisional de los bienes rurales de que trata el presente artículo, serán destinados a la financiación de los planes, programas y proyectos de reforma agraria que realice el Incora en relación con la población campesina desplazada del campo por causa de la violencia y la involucrada en los programas de erradicación de cultivos ilícitos.
Decreto 182 de 1998 →Vigente
Artículo 1
Destinación Provisional
Decreto 182 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 333 de 1996, en lo relativo a la destinación provisional y asignación definitiva de los bienes rurales con caracterizada vocación rural en favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan disposiciones relacionadas con su adjudicación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.