Micelio

Artículo 23

Coordinación

Decreto 182 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 333 de 1996, en lo relativo a la destinación provisional y asignación definitiva de los bienes rurales con caracterizada vocación rural en favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan disposiciones relacionadas con su adjudicación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación. Para garantizar la adecuada y equitativa distribución de los bienes rurales en favor de la población campesina, indígena y los demás beneficiarios, el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria establecerá un sistema de información y coordinación de sus actividades de inscripción y selección de aspirantes y de dotación de bienes rurales, con las entidades públicas, privadas y comunitarias que realicen planes, programas, proyectos y acciones específicas tendientes a la atención integral de la población desplazada, el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante y las organizaciones representativas de los beneficiarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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