Micelio
Sentencia de Tutela30 de octubre de 2007

T-901 de 2007

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Luz Marina Monsalve Lopez En Representacion De Su Hijo Vs. Direccion Seccional De Salud De Antioquia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Finalidad y naturaleza
  • Improcedencia para reconocimiento de derechos patrimoniales
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
  • Reglas de procedencia cuando el afectado cuenta con otro medio de defensa judicial
Derecho A La Salud
  • Inaplicación de norma sobre cobro de cuota de recuperación
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Requisitos para exoneración en pago de cuota moderadora
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud en conexidad con la vida digna de beneficiario del regimen subsidiado que sufre enfermedad mental por lo que fue internado en el hosiptal mental de antioquia homo y este le exige un pago compartido por concepto de hospitalizacion para lo cual suscribio un pagare.solicita se exonere del saldo de pago compartido que debe efectuar se ordene la cancelacion del pagare suscrito y el tratamiento integral que su hijo requiera.alcances de la exigencia de pagos compartidos y cuotas moderadoras.

Requisitos para la prosperidad de la accion de tutela para ordenar la inaplicacion de las normas legales y reglamentarias que preven la exigencia de pagos compartidos y cuotas moderadoras.

Improcedencia de la accion de tutela para la proteccion de derechos patrimoniales.

En virtud del principio de subsidiariedad de la accion de tutela esta es improcedente para obtener la proteccion de derechos de rango legal pues para este fin existen mecanismos ordinarios de defensa judicial.

En el presente caso la accion de tutela es improcedente por incumplimiento del principio de subsidiariedad pues persigue la satisfaccion de derechos patrimoniales.improcedente

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la decisión adoptada el tres (3) de julio de 2007 por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Rionegro - Antioquia, mediante la cual se declaró la improcedencia de la acción de tutela instaurada por Luz Marina Monsalve López en representación de Yan Camilo Jiménez Monsalve, contra la Dirección Seccional de Salud de Antioquia.
  3. Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.