T-874 de 2007
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Luz Elena Rodriguez Barrios Vs. Alcaldia Distrital De Barranquilla Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Subsidiariedad
- Protección especial
- Protección
- Presupuestos jurisprudenciales para que una mujer sea considerada como tal
- Normas constitucionales e instrumentos internacionales ratificados por el Estado colombiano de amparo reforzado
- Procedencia excepcional de la tutela para el pago de prestación económica reconocida mediante sentencia judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida digna y el minimo vital de la conyuge y los menores hijos de exfuncionario del concejo distrital de barranquilla que fue desvinculado encontrandose aforado por lo que se ordeno su reintegro pero fallecio en el curso del tramite del recurso de apelacion interpuesto contra la sentencia de reintegro la que fue confirmada por el superior sin que le hayan hecho efectivo el pago de los salarios y prestaciones liquidadas y reconocidas.solicita se ordene el cumplimiento de las decisiones emitidas por la mesa directiva del concejo distrital de barranquilla que reconocen y ordenan pagar las acreencias laborales a la conyuge y sus hijos como herederos.sujetos de especial proteccion constitucional.
Mujeres cabeza de familia y menores de edad.
Principio de subsidiariedad de la accion de tutela.
Procedencia excepcional de la accion de tutela para ordenar el pago de prestaciones economicas.
De manera excepcional el juez de tutela puede dar una orden en aquellos casos en que el titular de los derechos fundamentales conculcados o amenazados sea un sujeto de especial proteccion constitucional.
En el presente caso la conyuge y los menores ostentan la condicion de sujetos de especial proteccion constitucional que implica la obligacion del estado de brindarles proteccion y asistencia.concedida repecto de la alcaldia y negada respecto del concejo distrital de barranquilla
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la decisión adoptada el nueve (9) de mayo de 2007 por Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Barranquilla que declaró la improcedencia de la acción de tutela de los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y mínimo vital de Luz Elena Rodriguez Barrios, quien actúa en nombre propio y en representación de los menores Saray Milena Bolívar Rodríguez, Aldaír Bolívar Rodríguez y Yusep Bolívar Rodríguez, instaurada contra la Alcaldía Distrital de Barranquilla, Secretaría de Hacienda Distrital de Barranquilla y Tesorería Distrital de Barranquilla, con vinculación oficiosa del Concejo Distrital de Barranquilla.
- Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales de Luz Elena Rodriguez Barrios, y de los menores Saray Milena Bolívar Rodríguez, Aldaír Bolívar Rodríguez y Yusep Bolívar Rodríguez, a la vida digna y mínimo vital, contra la Alcaldía Distrital de Barranquilla, la Secretaría de Hacienda Distrital de Barranquilla y la Tesorería Distrital de Barranquilla.
- Tercero. ORDENAR a la Alcaldía Distrital de Barranquilla, la Secretaría de Hacienda Distrital de Barranquilla y a la Tesorería Distrital de Barranquilla que dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de esta Sentencia, efectúen el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución No. 175 del día 28 de agosto de 2006"Por la cual se hace el reconocimiento de los herederos del exfuncionario José Joaquín Bolívar Tapia" y No. 176 del día 30 de agosto de 2006 "Por la cual se liquidan salarios y prestaciones sociales a un exfuncionario", proferidas por la Mesa Directiva del Concejo Distrital de Barranquilla, a favor de Luz Elena Rodriguez Barrios y de los menores Saray Milena Bolívar Rodríguez, Aldaír Bolívar Rodríguez y Yusep Bolívar Rodríguez.
- Tercero. NEGAR la tutela de los derechos fundamentales de Luz Elena Rodriguez Barrios, y de los menores Saray Milena Bolívar Rodríguez, Aldaír Bolívar Rodríguez y Yusep Bolívar Rodríguez, a la vida digna y mínimo vital, contra el Concejo Distrital de Barranquilla.
- Cuarto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.