Micelio
Sentencia de Tutela29 de mayo de 2008

T-556 de 2008

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Katerine Giovanetti Moreno·Demandado Saludcoop Eps, Rosa Hayde Villamizar Rubio

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Requisitos para el reconocimiento y pago
  • Reconocimiento y pago total aunque se haya presentado interrupción en los aportes a salud
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
  • Naturaleza constitucional y legal
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derechos al minimo vital y a la proteccion de los niños de grupo de madres y sus hijos, en cuyo favor no ha sido concedido el reconocimiento de la prestacion economica por licencia de maternidad.<br>las eps a las cuales se encuentran afiliadas las madres niegan su otorgamiento con base en su incumplimiento del requisito de la realizacion de aportes de forma ininterrumpida y oportuna.<br>las accionantes coinciden el reclamar, mediante la tutela, el pago de sendas licencias de maternidad.<br>naturaleza constitucional y legal de la licencia de maternidad.

Reiteracion jurisprudencial.<br>se reafirmo la obligacion del estado y de las entidades promotoras de salud, de garantizar a las mujeres y sus hijos, en aras de proteger sus derechos al minimo vital, la asistencia y proteccion necesarios durantes y despues del embarazo.<br>adicionalmente, se ratifico que, al configurarse el fenomeno del allanamiento en mora, la entidad prestadora del servicio de salud, no podia abstenerse de reconocer y pagar la prestacion correspondiente.<br>en todos los casos revisados, se observo el cumplimiento de los requisitos jurisprudenciales establecidos para ordenar el otorgamiento de la licencia de maternidad.

Concedidas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la decisión adoptada el veintidós (22) de noviembre de 2007 por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo del Circuito de Maicao, mediante la cual se negó el amparo solicitado por Katerine Giovanetti Moreno dentro del trámite de la acción de tutela instaurada contra Saludcoop EPS, y en su lugar, CONCEDER la protección de sus derechos fundamentales y de su menor hija a la vida digna, mínimo vital y los derechos fundamentales de los niños.
  3. Segundo. ORDENAR a Saludcoop EPS que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, proceda a cancelar a la actora el valor total de la licencia de maternidad que legalmente le corresponde.
  4. Tercero. REVOCAR la decisión adoptada el seis (6) de septiembre de 2007 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta, mediante la cual se negó el amparo solicitado por Rosa Haydé Villamizar Rubio dentro del trámite de la acción de tutela instaurada contra el Instituto de Seguros Sociales EPS Seccional Norte de Santander, y en su lugar, CONCEDER la protección de sus derechos fundamentales y de su menor hija a la vida digna, mínimo vital y los derechos fundamentales de los niños.
  5. Cuarto. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales EPS Seccional Norte de Santander que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, proceda a cancelar a la actora el valor total de la licencia de maternidad que legalmente le corresponde.
  6. Quinto. REVOCAR la decisión adoptada el diez (10) de julio de 2007 por el Juzgado
  7. Cuarto. Civil del Circuito de Barranquilla, mediante la cual se negó el amparo solicitado por Luisa Estela Díaz Bohórquez dentro del trámite de la acción de tutela instaurada contra Sánitas EPS, y en su lugar, CONCEDER la protección de sus derechos fundamentales y de su menor hijo a la vida digna, mínimo vital y derechos fundamentales de los niños.
  8. Sexto. ORDENAR Sánitas EPS que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, proceda a cancelar a la actora el valor total de la licencia de maternidad que legalmente le corresponde.
  9. Séptimo. REVOCAR la decisión adoptada el veinticuatro 24) de enero de 2008 por el Juzgado Veintiuno Civil Municipal de Bogotá, mediante la cual se negó el amparo solicitado por Jessica Marcela Silva Castro dentro del trámite de la acción de tutela instaurada contra Salud Total EPS, y en su lugar, CONCEDER la protección de sus derechos fundamentales y de su menor hija a la vida digna, mínimo vital y derechos fundamentales de los niños.
  10. Octavo. ORDENAR Salud Total EPS que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta Sentencia, proceda a cancelar a la actora el valor total de la licencia de maternidad que legalmente le corresponde.
  11. Noveno. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.