Micelio
Sentencia de Tutela13 de abril de 1999

T-210 de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Tiary Yasmin Fonseca Y Otras

Tema · dato duro
Der. A La Seguridad Social. Der. A La Igualdad. Trabajo. Pago De Licencia De Maternidad. Periodo De Cotizacion. Unimec Y Salud Colmena. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Aplicación ultra activa de norma
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Pago por aplicación de norma existente al iniciarse embarazo
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por: a) el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santafé de Bogotá -Sala de Familia-, que confirmó la providencia del Juzgado 17 de Familia de la misma ciudad, dentro del proceso de tutela instaurado por Rocío Triana Sánchez en contra de la E.P.S. Salud Colmena; b) el Juzgado 16 Penal del Circuito de Cali, que confirmó la providencia del Juzado 9 Penal Municipal de la misma ciudad dentro del proceso de tutela instaurado por Yaneth Méndez Murillo en contra del Instituto de Seguros Sociales; c) el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Sincelejo, que confirmó la providencia del Juzgado 2 Laboral del Circuito de la misma ciudad dentro del proceso de tutela instaurado por Tiary Yasmín Fonseca Lidueña en contra de Unimec S.A.; d) el Juzgado 19 Civil Municipal de Medellín dentro del proceso de tutela instaurado por Wilson Yepes, en su calidad de agente oficioso de su esposa, Yadira Rodríguez Mahete, en contra del Instituto de Seguros Sociales y; e) el Juzgado 4 Laboral del Circuito de Medellín dentro del proceso de tutela instaurado por Luz Adriana Perez Escobar en contra del Instituto de Seguros Sociales.
  2. Segundo. CONFIRMAR el fallo proferido por el Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó dentro del proceso de tutela instaurado por Gladys Peña en contra del Instituto de Seguros Sociales Seccional Chocó.
  3. Tercero. En consecuencia, CONCEDER la protección y amparo de los derechos invocados por las demandantes y se ordena al Instituto de Seguros Sociales, a Salud Colmena y a Unimec S.A., inaplicar el artículo 63 del Decreto 806 de 1998, para que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación del presente fallo, procedan a reconocer y a pagar la licencia de maternidad a las actoras.
  4. En caso de que estas entidades lo consideren pertinente, podrán solicitar al Fondo de Solidaridad y Garantía, el reembolso de las sumas pagadas.
  5. Cuarto. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Comuníquese, notifíquese, cúmplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.