Micelio
Sentencia de Tutela3 de septiembre de 2004

T-862 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jose Orlando Arias Salcedo Vs. Fondo De Prevision Social Del Congreso De La Republica

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso La Igualdad Y Al Minimo Vital De Persona De La Tercera Edad Pensionado Exrepresentante A La Camara A Quien Fonprecon Le Niega La Conmutacion Pensional Y El Reajuste Especial De La Misma. Solicita Se Ordene La Conmutacion Pension
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Temeraria
  • Inexistencia por condiciones distintas
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional para reconocimiento y reajuste de mesadas pensionales
Derecho A La Seguridad Social En Pensiones
  • Se garantiza mediante la acción de tutela
Pension De Jubilacion De Excongresista
  • Base de liquidación
  • Reajuste especial
  • Requisitos para obtener el reajuste especial
Derecho A La Igualdad
  • Distinción injustificada en cuanto al reconocimiento de tiempo de servicio
Regimen Pensional De Excongresista
  • Situaciones que pueden presentarse
9 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar el fallo de segunda instancia dictado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogota, el 23 de febrero de 2004, que a su vez revoco la sentencia de primera instancia dictada el 12 de diciembre de 2003, por el Juzgado 37 Penal del Circuito de Bogota.
  2. SEGUNDO. Conceder el amparo constitucional a los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al minimo vital de Jose Orlando Arias Salcedo, y, en consecuencia, ordenar al Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica, que en el termino de 48 horas contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, resuelva el recurso de reposicion presentado por el apoderado judicial del accionante, en contra de la Resolucion No. 1196 de 2003 de la accionada.
  3. Para resolver dicho recurso, el Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica debe tener en cuenta el tiempo de servicio calculado por el Fondo Territorial de Pensiones del Tolima en la Resolucion No. 991 de 2002 y, en ese orden de ideas, debera acceder a la conmutacion pensional solicitada por Jose Orlando Arias Salcedo, asi como al reajuste especial de su mesada pensional, de acuerdo con la Ley 4o de 1992 y con el Decreto 1359 de 1993, tal como fue senalado en la parte motiva de este fallo.
  4. TERCERO. Ordenar al Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica que en el termino de cinco (5) dias contados a partir de la expedicion del acto administrativo al que se refiere en numeral
  5. segundo. de la parte resolutiva de esta providencia , pague a Jose Orlando Arias Salcedo la primera mesada pensional ajustada a la que tiene derecho, y que en lo sucesivo lo siga haciendo de manera oportuna.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.