Micelio
Sentencia de Tutela16 de agosto de 2005

T-846 de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Maria Nelly Torres Agualimpia Vs. Sena

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Asegurar Medidas De Estabilidad Laboral Reforzada
  • Procedencia por existir vulneración a mandatos constitucionales
Estabilidad Laboral De Madre Cabeza De Familia
  • Protección especial a trabajadores en condiciones de debilidad manifiesta
  • Procedencia de tutela para obtener cumplimiento de medidas
Madre Cabeza De Familia
  • Indemnización última alternativa en programas de reestructuración
  • Presupuestos legales y jurisprudenciales para que una mujer sea considerada como tal
Proteccion Constitucional De Madre Cabeza De Familia
  • Vulneración por establecerle límite temporal
Acciones Afirmativas
  • Protección especial a las madres cabeza de familia
Reten Social
  • Inconstitucionalidad de la limitación temporal del beneficio
Madre Cabeza De Familia Y Personas Discapacitadas
  • Limitación a la protección reforzada fijada en la ley 813/03 declarada inconstitucional por la sentencia C-991/04
10 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la igualdad al trabajo en condiciones dignas y justas y al respeto de los derechos adquiridos de funcionaria del sena a quien la entidad se nego a concederle la protección consagrada en la ley 790 de 2002 por su condicion de madre cabeza de familia en el marco del proceso de reestructuracion administrativa.

Solicita se ordene al director del sena su reintegro a un cargo igual o superior al que ocupaba sin solucion de continuidad y el pago de los salarios y prestaciones dejados de cancelar.

Las madres cabeza de familia como sujetos de especial protección constitucional a traves de las acciones afirmativas.

Relacion entre efectividad de las acciones afirmativas a favor de las madres cabeza de familia y los procesos de reforma institucional.

Procedencia de la accion de tutela para obtener el cumplimiento de las medidas de estabilidad reforzada de la madre cabeza de familia.

Desvinculacion de empleados que se encontraban cobijados por el reten social.

Eliminación del limite temporal establecido en la ley 812 de 2003.

Fundamento constitucional de la protección a la estabilidad laboral de la madre cabeza de familia.

El caso del sena en la jurisprudencia constitucional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de fecha Abril 13 de 2005 proferida por el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Quibdo dentro del proceso de tutela interpuesta por Maria Nelly Torres Agualimpia contra el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y en su lugar CONCEDER el amparo solicitado.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificacion de este fallo, proceda a reintegrar a la accionante, si ella asi lo desea, a la nueva planta de personal a un cargo igual o superior al que ocupaba, sin solucion de continuidad desde el 26 de abril de 2004 y hasta que permanezcan sus condiciones de madre cabeza de familia, tal como lo preve el art. 14 del Decreto 190 de 2003.
  4. De no producirse el reintegro por voluntad de la accionante, el SENA debera iniciar en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, las gestiones necesarias para proceder al pago de la indemnizacion respectiva en los mismos terminos en que se hizo dicho reconocimiento a los empleados publicos de carrera a quienes se les suprimio el cargo en virtud de los dispuesto en el Decreto 250 del 28 de enero de 2004 "por el cual de adopta la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA."
  5. Tercero. Por Secretaria, librense la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.