Micelio
Sentencia de Tutela2 de septiembre de 2004

T-842 de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Carlos Gustavo Arrieta Padilla Vs. Consejo De Estado

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso Y Al Buen Nombre De Exprocurador General De La Nacion Por Demanda En Su Contra Que No Fue Notificada Por Actuaciones Con Desviación De Poder Que Dieron Lugar Al Proceso De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho Y A La Accion De R
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Repeticion Contra Ex Procurador General De La Nacion
  • No ha existido quebrantamiento de garantías constitucionales
Accion De Repeticion Por Responsabilidad De Agente Estatal
  • No puede dar lugar a la invalidez de los juicios así la responsabilidad estatal quede definida
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Falta de legitimación para impetrar la nulidad de lo actuado
Accion De Tutela Contra Providencias Del Consejo De Estado Y Del Tribunal Administrativo
  • Demandante no fue convocado a proceso contencioso administrativo en que se condenó a la Nación
Via De Hecho
  • Inexistencia por cuanto los jueces demandados no se pronunciaron sobre conducta del actor con efectos vinculantes
6 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion.
  2. R E S U E L V E:
  3. PRIMERO. CONFIRMAR las sentencias proferidas el 3 de abril y el 3 de julio del ano en curso, por las Secciones Tercera y Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del H. Consejo de Estado respectivamente, para decidir la accion de tutela instaurada por Carlos Gustavo Arrieta Padilla contra el H. Tribunal Superior del Huila y la Subseccion B de la Seccion Segunda de la misma Sala y Corporacion, por las consideraciones de esta providencia.
  4. SEGUNDO. Hacer un llamado general a PREVENCION sobre los limites subjetivos y objetivos de las afirmaciones, pruebas, alegaciones y resoluciones adoptadas por el H. Tribunal Administrativo del Huila y confirmadas por la Subseccion B de la Seccion Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 15 de agosto de 2000 y el 26 de julio de 2001 respectivamente, para resolver la demanda de Nulidad y Restablecimiento del Derecho promovida por Griselda Perez Bravo contra La Nacion-Procuraduria General de la Nacion.
  5. Llamado este que debera considerarse, en los terminos de esta sentencia, especialmente, dentro del proceso que la Nacion-Procuraduria General de la Nacion promovio contra el actor, en forma inmediata. Oficiese a la Seccion Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo -Accion de Repeticion de La Nacion-Procuraduria General de la Nacion contra Carlos Gustavo Arrieta y otra-, y enviese copia de esta providencia.
  6. TERCERO. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  7. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.