Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de junio de 2002Sala Plena

C-484 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Martin Bermudez Muñoz Y Otros

Tema · dato duro
Llamamiento En Garantia De Servidor Publico En Responsabilidad Patrimonial Del Estado. Conducta Dolosa O Gravemente Culposa
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Repeticion O Llamamiento En Garantia
  • Concurrencia de culpas
  • Inconstitucionalidad de cuantificación de monto de condena atendiendo condiciones personales
  • Reembolso al Estado en sumas a que fue condenado
  • Cuantum de la pretensión
  • Conducta dolosa o gravemente culposa
Accion De Repeticion
  • Decreto de medidas precautorias
  • Embargo y secuestro de bienes
  • Ejecución forzosa de obligaciones
  • Oportunidad de vinculación al proceso de servidor público
  • Plazo para cumplimiento de obligación impuesta al servidor público condenado
  • Prohibición de desistimiento por entidades públicas legitimadas para interponerla
  • Reembolso de lo pagado
Conciliacion En Llamamiento En Garantia
  • Cuantum a reembolsar al Estado si hubiere sido condenado
  • No oportunidad de debate hasta culminación en cuanto actuación fue dolosa o gravemente culposa
  • Pretensión de la víctima contra el Estado para resarcimiento del daño
Doble Instancia
  • Casos en que resulta obligatoria
Estado
  • Sujeto de la imputación de responsabilidad
Llamamiento En Garantia Con Fines De Repeticion
  • Servidor o exservidor público
  • Indicio grave de procedencia con dolo o culpa grave
Llamamiento En Garantia
  • Oportunidad
  • Realización y establecimiento en litis contestatio y antes del inicio de etapa probatoria
  • Término de fijación en lista
  • Oportunidad de realización
Medidas Cautelares
  • Establecimiento por legislador
Principio De Legalidad En Actuacion Del Estado
  • Responsabilidad de servidores públicos
Proceso De Unica Instancia
  • Establecimiento por legislador
Responsabilidad Patrimonial Del Estado Y Accion De Repeticion O Llamamiento En Garantia
  • Vinculación de servidores públicos como terceros intervinientes
Responsabilidad Patrimonial Del Estado
  • Acción u omisión de autoridades públicas
  • Repetición contra servidores públicos en defensa de los intereses generales
  • Servidores públicos al servicio del Estado y la comunidad
  • Vinculación de servidores públicos como terceros intervinientes
  • Actuación de servidores públicos abiertamente contraria al ordenamiento jurídico
  • Carácter institucional
  • Cumplimiento obligatorio de sentencia condenatoria
  • Particulares que temporalmente desempeñan funciones públicas
  • Particulares responsables al ejercer funciones públicas con dolo o culpa grave
  • Personas naturales que desempeñan funciones
  • Presupuesto necesario
  • Sujeto de la imputación
Accion De Repeticion Contra Funcionario Judicial
  • Razones distintas al contenido de las providencias
Accion De Repeticion En Responsabilidad Patrimonial Del Estado
  • Deber de iniciarla para obtener reembolso de lo pagado
  • Particular investido de funciones públicas que incurre en conducta dolosa o gravemente culposa
Error Jurisdiccional
  • Organos excluidos
Funcionario Judicial
  • Responsabilidad por razones distintas al contenido de las providencias
Proceso De Repeticion
  • Conocimiento de ejecución a servidor público condenado a reembolsar cuando no cancela totalmente en término de cumplimiento
Responsabilidad Patrimonial De Servidor Publico
  • No es sancionatoria sino reparatoria por la actuación dolosa o gravemente culposa
Responsabilidad Patrimonial Del Estado Y Accion De Repeticion
  • No intervención de terceros en procesos independientes
Principio De Economia Procesal En Llamamiento En Garantia
  • Competencia del legislador para instituirlo
Principio De Economia Procesal En Responsabilidad Patrimonial Del Estado Y Accion De Repeticion
  • Establecimiento por legislador de procedimiento para que en el mismo proceso simultáneamente se decidan
28 temas · 55 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 678 de 2002.

Arts. 1 (p.) 2 (p.) 4 (p.) 5 6 7 (p.) 9 11 (p.) 14 15 (p.) 16 (p.) 17 20 (p.) 21 (p.) 22 (p.) 23 24 25 26 27 28 y 29.

Responsabilidad patrimonial de los agentes del estado a traves del ejercicio de la accion de repeticion o de llamamiento

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 678/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1Ley 678/01 «o el llamamiento en garantía con fines de repetición»EXEQUIBLE
Art. 11Ley 678/01ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 14Ley 678/01INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«a sus condiciones personales»
Art. 15Ley 678/01 «inciso 1»EXEQUIBLE
Art. 16Ley 678/01 «inciso 1° "por vía del llamamiento en garantía"»EXEQUIBLE
Art. 17Ley 678/01ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 2Ley 678/01 «inciso 1° "es una acción civil de carácter patrimonial que"»EXEQUIBLE
Art. 20Ley 678/01INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«inciso 1°»
Art. 21Ley 678/01 «inciso 2°»EXEQUIBLE
Art. 22Ley 678/01 «inciso 2°»EXEQUIBLE
Art. 23Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 24Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 25Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 26Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 27Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 28Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 29Ley 678/01EXEQUIBLE
Art. 4Ley 678/01 «inciso 1° "o el llamamiento en garantía".»EXEQUIBLE
Art. 5Ley 678/01ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 6Ley 678/01ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 7Ley 678/01 «parágrafo 1° inciso 1°»EXEQUIBLE
Art. 9Ley 678/01EXEQUIBLE
22 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (24 puntos)
  1. Primero. En relacion con los articulos que a continuacion se enumeran de la Ley 678 de 2001, ESTARSE A LO RESUELTO, en lo dispuesto por la sentencia C-372 de 2002 respecto de lo articulo 2, paragrafo 4; en la sentencia C-233 de 2002, respecto del articulo 17; en las sentencias C-285, C-374, C-423 y 455 de 2002, respecto de los articulos 5 y 6; y, en la sentencia C-394 de 2002, respecto del articulo 11.
  2. Segundo. Declaranse EXEQUIBLES los siguientes apartes de los articulos que a continuacion se indican, todos de la Ley 678 de 2001, a saber:
  3. Del articulo 1, "o el llamamiento en garantia con fines de repeticion".
  4. Del articulo 2, inciso primero, "es una accion civil de caracter patrimonial que".
  5. Del articulo 2, su inciso
  6. segundo.
  7. Del articulo 2, paragrafo 1, su inciso primero, pero unicamente por el cargo propuesto.
  8. Del articulo 4, inciso primero, "o el llamamiento en garantia".
  9. Del articulo 7, paragrafo 1, inciso primero, "Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo Superior de la Judicatura"; "conocera privativamente y en unica instancia".
  10. Del articulo 7, paragrafo 1, su inciso
  11. segundo.
  12. Del articulo 15, su inciso
  13. primero. y la expresion "Una vez vencido el termino sin que el repetido haya cancelado totalmente la obligacion" de su inciso
  14. segundo.
  15. Del articulo 16, inciso primero, "por via del llamamiento en garantia".
  16. Del articulo 21, inciso segundo, en su integridad.
  17. Del articulo 22, su inciso
  18. segundo.
  19. Tercero. De la Ley 678 de 2001, declaranse EXEQUIBLES :
  20. Los articulos 9, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29.
  21. Cuarto. De la Ley 678 de 2001, declaranse INEXEQUIBLES:
  22. Del articulo 14, la expresion "a sus condiciones personales".
  23. El articulo 20, inciso
  24. primero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.