Micelio
Sentencia de Tutela1 de agosto de 2008

T-773 de 2008

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Javier García Bejarano·Demandado Consejo De Estado, Sala Especial De Decisión Transitoria 1b Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por inexistencia de defecto sustantivo por desconocimiento del precedente
  • Improcedencia por no haberse presentado incongruencia del fallo con las pretensiones de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho al no haber invocado el actor la caducidad
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Acción De Tutela
  • Naturaleza subsidiaria
Via De Hecho
  • Defecto sustantivo
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

El actor se desempeñó como gerente de la empresa de energía eléctrica de bogotá del 13 de mayo de 1987 al 31 de mayo de 1988 y la contraloría le notificó casi 5 años después el aviso oficial de observaciones, imputandole haber pagado como gerente, precios adicionales a los avalúos del igac a los propietarios de los inmuebles para el desarrollo del proyecto del guavio, mediante el ejercicio de la acción de responsabilidad fiscal, la cual debía haberse iniciado por el organismo fiscalizador, dentro del término de caducidad de 2 años.

Manifiesta el accionante que las afirmaciones del consejo de estado al desatar la súplica, son contrarias a la verdad de los hechos, expresa que sobre la caducidad no se pronunciaron los jueces en ninguna de las instancias, pretende que se declare que los actos y procedimientos hasta las respectivas decisiones realizadas por los entes demandados, carecen de efectividad, por haberse iniciado, desarrollado y concluído después de haber operado la caducidad de la acción fiscal el actor no incluyó en el petitum de la demanda, la declaración de caducidad de la acción fiscal, por lo que impedían al juez pronunciarse sobre el tema, la conducta omisiva del actor al no solicitar dicha declaración de caducidad, no puede atribuirse al estado, ni que ello constituya transgresión u ofensa a unos presuntos derechos que no hizo valer en ocasión propicia, habiendo podido hacerlo y menos aceptar que la tutela se convierta en un medio para enmendar la negligencia procesal o revivir el debate.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Confirmar la Sentencia del 6 de diciembre de 2007 de la Seccion Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado (segunda instancia), que confirmo la sentencia de 12 de octubre de 2006 de la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado (primera instancia).
  2. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.