T-707 de 2017
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Juan Rodrigo Alvarez Duran·Demandado Icetex
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
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Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante alega que el ICETEX vulneró derechos fundamentales de su hija menor de edad al no aprobar el crédito condonable ofrecido por el Programa Ser Pilo Paga 3, bajo el argumento de no cumplir con los requisitos que establece el Reglamento Operativo.
Alega el actor que se incurrió en error al registrar el documento de identidad de la aspirante, pese a que con anticipación se solicitó la respectiva corrección.
Se reiteran las reglas jurisprudenciales sobre la garantía de los derechos a la educación y al debido proceso administrativo en el marco de programas asistenciales que promuevan el acceso a la educación superior.
Como en sede de revisión se constató que el objeto de la solicitud de amparo desapareció por haber sido satisfecha la pretensión del tutelante, la Corte decidió declarar la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.
No obstante, hizo una advertencia al accionado para que brinde acompañamiento completo al actor y a su hija durante todo el procedimiento previsto para hacer efectivo el crédito condonable del programa Ser Pilo Paga 3 y, para que en las futuras versiones del mismo programa, se abstenga de incurrir en actuaciones dilatorias respecto de las solicitudes que le sean presentadas por los aspirantes para la solución de problemas administrativos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR LA SUSPENSION DE TERMINOS decretada por esta la Sala de Revision en el asunto objeto de estudio, mediante auto del veinte (20) de septiembre de 2017.
- SEGUNDO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado de conformidad con los terminos explicados en la parte motiva de esta sentencia, en la accion de tutela interpuesta por el senor Juan Rodrigo Alvarez Duran, en representacion de su menor hija Sara Alvarez Gomez, contra el Instituto Colombiano de Credito Educativo y Estudios Tecnicos en el Exterior (ICETEX).
- TERCERO. REVOCAR por las razones expuestas en la parte resolutiva de esta providencia, la sentencias dictada en primera y unica instancia, el
- primero. (1deg), de febrero de dos mil diecisiete (2017), por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Cali, (Valle del Cauca).
- CUARTO. ADVERTIR al Instituto Colombiano de Credito Educativo y Estudios Tecnicos en el Exterior (ICETEX) que (i) brinde acompanamiento completo al accionante y a su hija durante todo el procedimiento previsto para hacer efectivo el credito condonable del programa "Ser Pilo Paga 3"; y asi mismo, (ii) en las futuras versiones del programa Ser Pilo Paga, se abstenga de incurrir en actuaciones dilatorias e ineficientes respecto de las solicitudes que le sean presentadas por los aspirantes para la solucion de problemas administrativos.
- QUINTO. LIBRAR, a traves de la Secretaria General, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, y DISPONER, a traves del Juzgado Doce Laboral del Circuito de Cali (Valle del Cauca), la realizacion de la notificacion a las partes de que trata esa misma norma.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.