T-699 de 2017
Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Demandante Julio Enrique Camargo Santodomingo·Demandado Tribunal Superior De Bucarmanga Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Marco normativo
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia
- Procedencia por defecto material o sustantivo por desconocimiento de la aplicación del principio de consonancia en proceso laboral
- Procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a decisiones judiciales adoptadas al interior de un proceso ordinario laboral iniciado por el actor en contra del ISS.
Se cuestiona el fallo que revocó el de primera instancia por considerar que el ISS no tenía competencia para asumir el pago de la pensión de jubilación reclamada, pero sin valorar el cumplimiento de los requisitos para acceder a esa prestación.
También se censura la decisión de la Corte Suprema de Justicia de no casar la sentencia recurrida, por considerar que el recurso de apelación que formuló el ISS incluyó los aspectos que sirvieron de fundamento para revocar la referida providencia.
Se dice que dichas providencias incurrieron en un defecto material o sustantivo y en desconocimiento del precedente judicial relacionado con la obligación de sustentar en debida forma el recurso de apelación, lo que supuso, a su vez, el desconocimiento del principio de favorabilidad en materia laboral y de seguridad social.
Se analiza temática relacionada con las normas que regulan el principio de consonancia y el requisito de sustentación del recurso de apelación en materia laboral.
Se CONCEDE el amparo solicitado, se dejan sin efectos los decisiones cuestionadas y se ordena al Tribunal demandado resolver los recursos de apelación interpuestos en contra de la providencia de primera instancia, pero atendiendo las consideraciones expuestas por la Corte Constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 28 de junio de 2017 por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, que confirmo la decision del 18 de mayo del 2017, dictada por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia de tutela. En su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al debido proceso de Julio Enrique Camargo Santodomingo, en los terminos expuestos en el presente fallo.
- SEGUNDO. DEJAR sin efectos las sentencias del 23 de julio del 2010 y 7 de septiembre de 2016, dictadas por las Salas Laborales del Tribunal Superior de Bucaramanga y la Corte Suprema de Justicia, respectivamente. En consecuencia, ORDENAR al Tribunal Superior de Bucaramanga que, en el termino de quince (15) dias, contados a partir de la notificacion de esta providencia, resuelva los recursos de apelacion interpuestos en contra de la providencia de primera instancia del 5 de noviembre del ano 2009, dictada por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Bucaramanga, atendiendo las consideraciones expuestas en esta sentencia.
- TERCERO. REMITIR el expediente ordinario laboral enviado en prestamo (68001-31-05-004-2008-00467-00), a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga.
- CUARTO. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.