T-653 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Olga Nelly Montes Murcia·Demandado Secretaria De Educacion Del Caqueta
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por amenaza grave siempre y cuando no exista otro mecanismo judicial
- Reubicación por padecer síndrome depresivo y conforme recomendación del médico tratante para acompañamiento familiar
- Procedencia de traslado por amenaza de servidor público
- No puede desconocer derechos fundamentales de persona que presta un servicio público
- Procedencia excepcional
- Subreglas para procedencia
- Traslado de servidor público no constituye amenaza salvo cuando se demuestre vulneración
- Manifestación del derecho a tener una familia y no ser separado de ella
- Competencia de jurisdicción contencioso administrativa a través de acción de nulidad y restablecimiento del derecho
- Protección y garantía de derechos amenazados por decisión de traslado en razón a la clase de servicio que corresponde cumplir
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida, seguridad social.
En el presente caso la accionante solicita que se ordene su traslado a un puesto de trabajo ubicado en la cabecera del municipio de Florencia (Caquetá), con el objeto de poder continuar de manera adecuada con el tratamiento que le fue ordenado por su psiquiatra, quien le diagnosticó un síndrome depresivo y le recomendó estar cerca de su familia, para contrarrestar las posibles consecuencias del cuadro clínico prescrito.
La Sala analiza jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela para controvertir actos administrativos que ordenan el traslado de servidores públicos, haciendo especial énfasis en aquellos casos en los que se ven amenazados los derechos a la salud, la unidad familiar, la vida, la integridad y la seguridad personal y en los que se considera, que el traslado constituye una amenaza contra los derechos fundamentales.
La Sala resalta que lo conveniente para mejorar el estado de salud de la demandante, es que esté cerca a su familia y en consecuencia, concede el amparo de los derechos incoados y ordena su traslado.
CONCEDIDA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del dieciocho (18) de febrero de 2011, proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Florencia, Caqueta y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales invocados mediante accion de tutela por la senora Olga Nelly Montes Murcia.
- SEGUNDO. En consecuencia, ORDENAR a la Secretaria de Educacion Departamental de Caqueta que dentro de un termino no superior a treinta (30) dias contados a partir de la notificacion de esta sentencia, proceda a ubicar de manera definitiva a la accionante en una dependencia administrativa de dicha entidad dentro del municipio de Florencia. De no contar dicha entidad con un cargo dentro de sus dependencias, dispondra el traslado temporal de la senora Olga Nelly Montes Murcia a una institucion educativa ubicada en el municipio de la Montanita, por un periodo maximo de seis (6) meses, termino dentro del cual debera lograr su reubicacion definitiva en la ciudad de Florencia; todo lo anterior sin desmejorar sus condiciones laborales.
- TERCERO. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.