Micelio
Sentencia de Tutela24 de marzo de 1995

T-131 de 1995

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Maria Carrasquilla

Tema · dato duro
Ders. De Los Niños. Proteccion De Los Menores Con Sindrome De Down. Cobertura Familiar Del Seguro Social. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Instituto De Seguros Sociales
  • Suspensión de tratamiento médico
  • Tratamiento médico
  • Cotización
Menor Enfermo
  • Protección
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. Primero. REVÓCASE PARCIALMENTE la sentencia del Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Cartago (Valle), por las razones aquí expuestas. En su lugar, CONCÉDESE la acción de tutela interpuesta en favor de los menores Natalia Andrea Luna González, Carolina Vélez Segura y Anderson Mauricio Acosta. Por tanto, ORDÉNASE al director del Instituto de Seguros Sociales prestar los servicios médico asistenciales que requieran estos menores.
  3. Segundo. CONFÍRMASE la sentencia del Juzgado
  4. Tercero. Penal del Circuito de Cartago (Valle), en cuanto DENEGÓ la tutela solicitada en favor de los menores Miguel Antonio Betancourt Barco, Julián Andrés Castaño Sepúlveda, Juan Gabriel Ramírez García, Santiago Jaramillo Hoyos, Beatriz Lorena Gómez Bonilla, Paola Tatiana Vicuña Aldana, pero por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  5. Tercero. Por Secretaría General OFÍCIESE al Instituto de Bienestar Familiar, Seccional Cartago, para que vele por la prestación efectiva de los servicios médico asistenciales que requieran los menores Natalia Andrea Luna González, Carolina Vélez Segura, Anderson Mauricio Acosta, Santiago Jaramillo Hoyos, Beatriz Lorena Gómez Bonilla y Paola Tatiana Vicuña Aldana.
  6. Cuarto. Por Secretaría General, REMÍTANSE el expediente de tutela y este fallo, al Juez
  7. Tercero. Penal del Circuito de Cartago (Valle), para los efectos consagrados en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
  8. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.